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Alberto Donadio  Columna

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Repugnancia gástrica

Condenó por suposición. No hay en la sentencia una sola prueba sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que supuestamente Palacino y Sabogal “autorizaron la emisión o giro de cheques que no fueron finalmente entregados a los proveedores”.

Alberto Donadio
9 de marzo de 2024

La jueza que condenó a Carlos Palacino a 15 años de prisión, el 29 de febrero pasado, afirma a folio 134 de la sentencia que los testigos que expresaron “afecto o aprecio” hacia Palacino “posiblemente algunos de ellos habrían participado en estos hechos”. Es una suposición, una conjetura, no un hecho probado. La jueza, Martha Sofía Fernández Boyacá, puede hacer ese comentario en una peluquería o en un club, pero no en una sentencia judicial. Quien termine de leer la sentencia de la jueza17 penal del circuito de Bogotá no sentirá hacia ella afecto o aprecio, sino repugnancia gástrica, la expresión que utilizó don Gabriel Cano, el director de El Espectador, ante otro acto arbitrario, las multas confiscatorias del régimen de Rojas Pinilla contra el periódico.

Por la vía de la suposición no se puede acusar a nadie, aunque la jueza lo hace con creces. Condena a Palacino porque siendo presidente de Saludcoop “resulta inverosímil” que sea ajeno a los hechos que se le imputan. Pero al presidente de una compañía no se le puede condenar por ser el presidente de una compañía. El presidente de Avianca no responde por los delitos que puedan cometerse en los aviones, hangares u oficinas de Avianca, salvo que se demuestre su responsabilidad personal. La jueza no cita a ningún testigo que haya declarado que Palacino y Javier Mauricio Sabogal, el vicepresidente financiero también injustamente condenado, intervinieron en 2.912 recobros ante el Ministerio de Salud. Ningún testigo, ni los llevados por la Fiscalía, los acusó. Entre 800.000 recobros hubo irregularidades pasajeras en 2.912, que no implicaron fraude porque de todos modos se brindó la atención médica y se les pagó a todos los proveedores.

Palacino y Sabogal demostraron que los recobros los manejaba una firma externa contratada para ese fin, Esteban Cobo S. A. S., y que los hechos se presentaron en el interior de esa firma externa. La jueza a folio 118 acepta esa verdad, pues dice que los recobros fueron un “trámite que fue delegado en su ejecución por SALUDCOOP EPS a la empresa ESTEBAN COBO S. A. S.”. Pero de todos modos emitió condena porque “Quienes estaban como presidente y vicepresidente financiero no están exentos de responsabilidad”. Es decir, condenó por suposición. No hay en la sentencia una sola prueba sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que supuestamente Palacino y Sabogal “autorizaron la emisión o giro de cheques que no fueron finalmente entregados a los proveedores”. ¿En qué fecha o fechas autorizaron los cheques? ¿Por qué medio lo hicieron, por una directriz, por oficio, por circular, por correo electrónico, por mensaje de texto, por altoparlante, por paloma mensajera?

La jueza comete una falsedad en la sentencia. A folio 117 afirma: “Todos estos testimonios sintetizados en los párrafos precedentes y traídos al Juicio Oral por la Delegada de la Fiscalía General de la Nación, para el Juzgado, muestran con solvencia que los directivos de Saludcoop aquí acusados engañaban al entonces FOSYGA”. Uno de los testimonios que cita es el de Mauricio Castro Forero, hijo del exalcalde de Bogotá Jaime Castro. Castro hijo, a folio 30, declaró todo lo contrario, que no era irregular girar cheques sin entregarlos a los proveedores: “La práctica de girar cheques sin después entregarlos podría ser válida”. Castro hijo, interventor de Saludcoop nombrado por el Gobierno, declaró bajo juramento que “no le consta quiénes tomaban las decisiones al interior de SALUDCOOP”. Por lo tanto, nunca dijo que Palacino y Sabogal engañaron al Fosyga. La jueza adulteró, falseó y tergiversó el testimonio de Castro Forero.

En 2011, Juan Manuel Santos engañó al país al intervenir a Saludcoop porque supuestamente estaba en peligro la prestación del servicio de salud, afirmación reconocida años después como falsa por el supersalud Conrado Adolfo Gómez Vélez, bajo juramento. En 2013, la contralora Sandra Morelli calumnió a Palacino al condenarlo por todas las inversiones de Saludcoop, sin probar por qué eran indebidas. En 2023, Daniel Coronell calumnió a Palacino acusándolo de “comprar propiedades en Colombia y en el exterior” con “dineros públicos destinados a tratamientos médicos”, sin especificar las propiedades, su ubicación ni el precio y la fecha de adquisición. Este año, la calumnia la formula la jueza Martha Sofía Fernández Boyacá. Son funcionarios públicos y periodistas que abusan de su poder. No han tenido que enfrentar las consecuencias de sus desafueros, pero han incurrido en flagrante, reiterado y repugnante abuso de poder.

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