Pensé que la nueva ministra de Agricultura, en aras de su nueva responsabilidad, lo primero que haría sería dejar de lado sus sesgos dirigidos a buscar la forma de comprar la tierra a los pequeños, medianos y grandes propietarios, los cuales son los sujetos en que el Gobierno va dirigir toda su política de compra de tierras disfrazada de negociación voluntaria; pues es claro que no se van a incluir las tierras que se consideren productivas, que se encuentran en manos de comunidades que sean adeptas al Gobierno. A estas, el Gobierno, las blindará así no cumplan con la subjetiva, y difícil de determinar, “función social de la propiedad” o “productividad de la tierra”.
La ministra aprovechó las últimas horas del debate del PND para, con sus acostumbradas interpretaciones jurídicas, lograr la forma de ir contra la propiedad de las tierras que en su momento fueron legítimamente adjudicadas y luego adquiridas por quienes hoy son sus legítimos propietarios; llevándola a conseguir suprimir garantías judiciales que estaban consagradas en favor de la propiedad (privada y pública) y así dejar un camino expedito para lo que en su “sabiduría” decida la ANT.
Lo anterior, con complacencia de representantes y senadores, quienes, por su falta de conocimiento en el tema, por sus posiciones ideológicas o por formar parte de la coalición del Gobierno, votaron el articulado en esta materia pensando que la propuesta que se hacía en referencia al art. 55 del proyecto de PND era un “Bingo”, pues era más una posibilidad de permitir la compra de tierras de forma voluntaria y expedita, que una ya anteriormente propuesta expropiación express que generaba rechazo y no aparecía por lado alguno.
Por ello votaron ese entramado jurídico, que sólo busca el menoscabo de la propiedad privada y pública en materia de garantías, pues determina la exclusión de la fase judicial en los procesos agrarios de los numerales 4,5 y 7 del artículo 58 del D.L. 902 de 2017, entre otras cosas. En el cual, no tengo la menor duda, la Corte Constitucional, una vez sancionado el PND de parte del presidente de la República, podría incluso aplicar, por primera vez, la suspensión de una nueva norma que pueda producir efectos irremediables, hasta que se analice de fondo su constitucionalidad, pues la mencionada disposición afecta la propiedad privada como derecho fundamental e incluso la propiedad de lo público, hablando de la ruralidad.
El artículo 61 del PND (55 en el proyecto) crea unos mecanismos aparentemente legales que obligan al propietario a la venta de su inmueble de forma “voluntaria” (una expropiación disfrazada), lo cual configuraría un incumplimiento de parte del presidente y la vicepresidenta del compromiso que suscribieron en campaña, al firmar ante notario que no habría ningún tipo de expropiación en materia de tierras.
Lo increíble aquí es que la ministra le podría explicar fácilmente al presidente que tiene nueve millones de hectáreas para formalizar y entregar a campesinos sin tierra, y que los dineros que van a destinar para la famosa compra de tierras los podría utilizar para ejecutar programas de productividad de estas y, además, en inversiones que garanticen la calidad de vida de los campesinos (drenajes, educación, vías) y les permitan así regresar al campo.
Esto sí sería una verdadera reforma agraria; el Gobierno y el Congreso caen ingenuamente en cumplirle los sueños ideológicos a una ministra con un artículo que fue llevado a última hora y que no era parte del PND presentado inicialmente por el Gobierno. Artículo que permite es darle a la Agencia Nacional de Tierras las facultades que tenía la hoy ministra cuando era parte del Incoder, cuya aplicación fue muy discutida en ese entonces por ser poco garantista.
Es importante aclararle al lector que la ministra Mojica y el director de la ANT iniciaron juntos sus actividades en el Urabá antioqueño, buscando siempre la forma de quitar las tierras a los empresarios del banano y la ganadería, con interpretaciones jurídicas peligrosas; afortunadamente, sin los resultados esperados, pues sus argumentos no fueron en su mayoría tenidos en cuenta por los funcionarios encargados de los temas en los gobiernos de turno, tampoco por muchos jueces de la República, salvo los que eran evidentes casos de despojo por parte de las guerrillas y los paramilitares, donde ahí sí hicieron una labor loable que reconozco.
Veamos otras disposiciones que ya son parte del texto del PND y que son ideadas por la ministra Mojica y el director de la ANT, que como les expliqué anteriormente, no son producto del azar, sino de un proceso de trabajo de muchos años juntos.
Un “logro” en la norma aprobada por el Congreso para el Plan Nacional de Desarrollo fue modificar, como antes lo mencioné, el D.L. 902 de 2017, “Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras”.
Es decir, el gobierno de izquierda, aliado de las Farc (Partido Comunes), vía Plan de Desarrollo, comienza a cambiar las leyes producto del Acuerdo de Paz para adaptarlas a las voluntades de la ministra. Situación que no era posible acometer con mayor rapidez, debido a las normas vigentes producto del mismo, eliminando, de tajo, la garantía jurisdiccional en materia de procesos agrarios, lo cual servirá como medida de presión para lograr la compra “voluntaria” de los predios en los que el Gobierno manifieste interés, según sus prioridades. Esto no es otra cosa sino una expropiación disfrazada y un ataque frontal al derecho de la propiedad.
Con el Art. 61 del PND se establece una expropiación exprés, donde el propietario será requerido por una sola vez (vende o vende) y todo se resuelve en fase administrativa (sin garantías); si no vende, es declarado por la misma Agencia como objetivo de una futura extinción de dominio agrario; pero si vende, no hay problema, lo que también podría corresponder a un constreñimiento o una figura casi extorsiva. Formas que deben proscribirse de la legislación de cualquier país demócrata.
Razón tenía la ministra cuando le preguntaron por el artículo 55 (hoy 61) del PND “no me hablen de números que soy pésima para los números” a renglón seguido dijo “esto parece un bingo”; tiene razón, esto es un bingo, en el cual el único que se lo va ganar es el propietario que ustedes obligatoriamente le van a hacer vender. Parece un pleonasmo, pero esto es “expropiación pura”.
Reflexión final: lo que sí ha demostrado en las últimas semanas el presidente es que es muy astuto e inteligente. Nos puso a los colombianos a hablar de su intervención en el balcón en el Palacio de Nariño, de su enfrentamiento con el fiscal, de si usar o no un frac..., mientras sus ministros y el Pacto Histórico nos clavaron el Plan Nacional de Desarrollo (V.Gr. “expropiación exprés”). Quién sabe cuál será el próximo escándalo para entretenernos mientras saca adelante sus reformas.
