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Adicionalmente, los pasos terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, estarán cerrados desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021, con el fin de reducir la propagación de la covid-19. | Foto: Getty/ Tali Douek

CORONAVIRUS

Colombia da instrucciones de lo que se podrá y no hacer en Navidad por covid-19

El Gobierno colombiano expidió el decreto 1550, en el cual impartió las instrucciones para fin de año, teniendo en cuenta la emergencia sanitaria generada por la pandemia de la covid-19.

1 de diciembre de 2020

De acuerdo con el decreto expedido por el Ministerio del Interior, durante el fin de año no se podrán hacer eventos públicos o privados que impliquen aglomeración de personas.

Tampoco habrá apertura de actividades en discotecas y lugares de baile, ni se podrá consumir bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. Sin embargo, la norma indica que el expendio de las bebidas embriagantes no queda prohibido.

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Con respecto a los planes piloto sobre reapertura de bares, restaurantes y ferias, se estableció que los alcaldes podrán pedirle la autorización al Ministerio del Interior para implementarlos, y de esta manera permitir el consumo de bebidas embriagantes dentro de los locales.

Del mismo modo, podrán solicitar el permiso para la realización de ferias empresariales, ganaderas y eventos, siempre y cuando se cumpla todo el tiempo con los estrictos controles de bioseguridad y sin que haya aglomeraciones.

Por otro lado, en caso de que un municipio registre una variación negativa en cuanto al comportamiento de la pandemia en esa región, el Ministerio de Salud tendrá que enviarle “a la cartera del Interior un informe pormenorizado de la situación epidemiológica y de las actividades permitidas para ese municipio, con el fin de restringir las que puedan generar un aumento en la emergencia”.

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Adicionalmente, los pasos terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela estarán cerrados desde hoy 1 de diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021, con el fin de reducir la propagación de la covid-19.

De todos modos, quienes estén exceptuados deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud.

El Ministerio del Interior podrá levantar el cierre de los pasos terrestres con el previo concepto favorable del Ministerio de Salud y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Por su parte, días atrás, el presidente Iván Duque anunció que la emergencia sanitaria decretada por el coronavirus será extendida desde el 30 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2021, para garantizar un control efectivo de la pandemia en el país.

El Ministerio de Salud informó este lunes 30 de noviembre que Colombia llegó a 1.316.806 contagios de coronavirus confirmados, con un registro de 8.430 casos nuevos ese día. Además, se confirmaron 182 fallecimientos por el virus, para llegar a un total de 36.766.