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| Foto: fotografía: LUIS ÁNGEL MURCIA / ALEJANDRO ACOSTA.

CATASTRO

Se avecina revolcón en los catastros vía Fast Track

El Gobierno radicó ante el Congreso el Proyecto de Ley que finalmente le dará vida al anunciado Catastro Multipropósito y que irá vía Fast Track, ya que será parte del cumplimiento del acuerdo de paz con las Farc.

8 de septiembre de 2017

El Gobierno lleva años prometiendo un Catastro Multipropósito que permita no solo identificar y clasificar aquellos predios a los que nunca se ha llegado por diversas razones, sino identificar a sus propietarios, ocupantes y la situación económica y jurídica tanto de esas propiedades como de quienes las poseen.

Finalmente y con el propósito de cumplir el acuerdo de paz al que finalmente llegó el Gobierno con las Farc, el Congreso recibió un proyecto de ley que le dará vida al Catastro Multipropósito para el cual ya hasta hay un Conpes aprobado por el Consejo de Ministros en el 2016.

Lo primero que hace el Gobierno en la exposición de motivos de su proyecto de ley es reconocer el atraso catastral en la mayoría del territorio rural. En contraste con la zona urbana, que en su mayoría tiene una actualización catastral de máximo cinco años, la mayoría de la zona rural no se actualiza hace mínimo seis años y en una buena parte del sur del país ni siquiera se ha hecho el primer registro catastral.

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Así, el proyecto de ley pretende modificar el método en el que se llevan a cabo los registros catastrales y luego cómo se administra y actualiza dicha información para permitir, entre otras cosas, la restitución de tierras a familias desplazadas por el conflicto armado y la administración de los baldíos que le pertenecen al Estado.

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En Conpes para el Catastro Multipropósito tiene cuatro líneas de acción, dentro de las que se destacan la económica que incluye la creación de un Observatorio de Mercado Inmobiliario y la física que incluye todo un Plan Nacional de Cartografía. Las otras dimensiones son la jurídica e institucional.

Para lograrlo, el proyecto de ley establece que el Catastro Multipropósito es “un sistema basado en el predio, orientado a la gestión y el ordenamiento territorial y multisectorial, que contiene o integra los componentes físico: Información geométrica, coordenadas en un marco de referencia común y otros atributos; económico: Información sobre la estimación del valor catastral; jurídico: Información del Registro de Instrumentos Públicos, y material: Información de relaciones de hecho que no constituyen derechos reales”.

Estos objetivos a su vez contarán con la creación de un Sistema Nacional Catastral Multipropósito, cuyos funcionarios tendrán que “atender las funciones del catastro multipropósito”. Además tendrá como objetivos brindar la información necesaria para la buena función pública del territorio, ayudar a la formalización jurídica de los predios que lo necesiten y darle a los colombianos la información necesaria y fácil de entender sobre la propiedad territorial en el país.

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El proyecto de ley también establece cómo los funcionarios del Catastro Multipropósito tendrán que llevar a cabo dicho registro en todo el país y corroborar la información que ya tienen. Sin embargo, si se encuentra que hay personas ocupando territorios que están a nombre de otras personas se les dará la oportunidad de entregar la información que explique su relación con esos predios.

“Sin embargo, se pone de presente que esta información no servirá de prueba de la propiedad o posesión y, por lo tanto, no puede alegarse como excepción contra quien pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesión del predio. Además, para evitar fraudes, engaños o afectaciones en el valor de los bienes, esta información no será incluida en los datos consignados en el Certificado Predial Registral”, advierte el documento.

Para que se implemente el nuevo sistema castral falta que pase los correspondientes debates en Comisiones, Senado y Cámara, algo que pasará rápidamente al ser un proyecto de Fast Track, y que después de que el presidente sancione la ley, las entidades correspondientes emitan la reglamentación de la ley y ahí sí el país podrá empezar a ejecutar el registro total de su territorio y propietarios.

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