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| Foto: Alejandro Acosta

LABORAL

Si un teletrabajador se accidenta, ¿quién responde?

La avalancha de teletrabajadores despierta nuevos interrogantes en el frente de la seguridad social. Si alguno se accidenta en casa, ¿debe actuar la EPS o la ARL? Comienza el debate.

8 de abril de 2020

La ley 100 de 1993 le dio vida al sistema de salud, al régimen privado de pensiones y al sistema de riesgos laborales. Buscaba proteger a los trabajadores de las enfermedades y los accidentes que pudieran ocurrirles con ocasión o como consecuencia de su trabajo.

Este sistema obligó a las empresas a afiliar a sus empleados a una Administradora de Riesgos Profesionales, hoy llamadas Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

De estas instituciones hay 10 en el país y se han vuelto clave en el funcionamiento del empleo formal, pues lamentablemente los informales no tienen esta cobertura. Hoy se presenta un nuevo reto: millones de afiliados trabajan desde su casa debido a la cuarentena.

Esto plantea nuevas preguntas. ¿Si un teletrabajador se quema al servirse un tinto en horario laboral responde la EPS porque fue un accidente casero? ¿O la ARL, dado que ocurrió mientras trabajaba?

Expertos laborales consideran que no habría discusión, pues las leyes sobre teletrabajo establecen que los accidentes ocurridos bajo esa modalidad corren por cuenta de la ARL. Pero el teletrabajo apenas comienza en el país y para que tenga cobertura, primero las empresas deben hacer un estudio de la vivienda del trabajador, en el que se aseguran que tenga un adecuado lugar de trabajo, con iluminación y comodidad e incluso les deben proveer auxilios de conexión o los equipos necesarios para ejercer sus funciones.

Por este motivo, en el país aún hay pocos teletrabajadores formales (menos de 200.000). Ahora con la coyuntura del coronavirus hay un ejército de personas que, según abogados de las ARL, no son teletrabajadores, sino que trabajan en casa. La diferencia está en que los primeros tienen un espacio adecuado y verificado en sus hogares para trabajar, y tienen medidos sus riesgos laborales. Mientras tanto los segundos lo están haciendo de forma improvisada y con sus propios recursos, debido a la premura de la crisis sanitaria.

Análisis del riesgo

“Nadie estaba preparado para una pandemia y, para no impactar tanto la economía, muchos optaron por trabajar en casa, una forma flexible, que no exige adecuaciones, asume que el trabajador conoce sus riesgos y asume la responsabilidad de organizar su ambiente laboral”, dice un abogado del sector. Agrega que generalmente, a los teletrabajadores los afectan las llamadas caídas a nivel (tropezones), lo cual seguiría cubierto. Pero no, por ejemplo, accidentes en la cocina o el baño, pues claramente no están trabajando en ese momento.

Hoy miles de colombianos trabajan desde sus casas sin la adecuada preparación de sus puestos de trabajo.

Otra visión tiene Gustavo Morales, presidente de Acemi, gremio de las EPS. Considera que si la persona está en horario laboral, cualquier cosa que le ocurra en ese lapso es, en principio, un tema de la ARL. Incluso con un tinto, pues eso también le puede ocurrir en la oficina.

“Esta es una situación nueva y, como tal, exige flexibilidad al interpretar las normas. No se pueden mantener los mismos paradigmas y un criterio posible es el horario de trabajo”, dice Morales. Coincide en que la actual situación no tiene precedentes, y no le dio tiempo al Gobierno de expedir nuevas normas.

En su concepto, hay que evitar recargar al sistema de salud, al asumir que todos los riesgos de los teletrabajadores son responsabilidad de las EPS, entidades que además están dedicadas a atender la crisis del Covid-19.

Gema Cecilia Uribe, gerente técnica nacional de la ARL Sura, dice que el sistema de riesgos profesionales se mantiene en las mismas condiciones para los teletrabajadores derivados de la cuarentena como si laboraran en las instalaciones de la empresa.

“Desde nuestra área de prevención hemos entregado un conjunto de recomendaciones a nuestras compañías afiliadas. Con esto buscamos promover hábitos saludables, enfocados en el cuidado e higiene postural, y prevención de accidentes caseros por falta de adecuación en la infraestructura”, precisa.

Todos los expertos consultados coinciden en que el sistema de salud debe atender la emergencia y luego entre la ARL y la EPS se deben poner de acuerdo sobre quién paga.

Al cierre del año pasado, 839.015 empresas tenían contratos con las ARL. Atendieron 611.275 accidentes de trabajo y 488 muertes. No obstante, los riesgos labores son el área de la seguridad social con mayor evasión.

Por ahora, el teletrabajo no es más masivo porque 94% de las empresas colombianas tienen menos de 10 trabajadores y la mayoría tipo operativo, lo que implica que no pueden teletrabajar. Así mismo, un estudio del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario y la Universidad EIA estima que solo 47,7% de los empleados formales pueden teletrabajar y 23,9% de los informales.

El coronavirus impone el reto adicional de la cobertura del trabajo en casa. Y el sistema de seguridad social tendrá que ir resolviéndolo, pues muy probablemente después de la pandemia muchos continuarán con este formato laboral.