Análisis

La doctrina americana que se usó… y la que se ignoró

Esta sentencia, en Estados Unidos, no habría sobrevivido ni a la fase de admisión de pruebas. Mucho menos a un jurado.

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3 de agosto de 2025, 10:35 a. m.
Sandra Heredia, Luis Carlos Vélez y Álvaro Uribe
Sandra Heredia, Luis Carlos Vélez y Álvaro Uribe. | Foto: Captura de pantalla audiencia/Semana

En la reciente sentencia contra Álvaro Uribe Vélez, la jueza Sandra Liliana Heredia recurrió a un principio jurídico cercano al sistema penal estadounidense para validar una interceptación telefónica obtenida “por error”. Sin embargo, ignoró —y esto es lo verdaderamente grave— el principio más fundamental del derecho penal moderno: el de la duda razonable.

Y eso no solo es una contradicción. Es una decisión que desnuda el doble estándar judicial aplicado en este caso.

El “error” que sirvió. Recordemos: la Corte Suprema ordenó interceptar una línea que supuestamente pertenecía al congresista Nilton Córdoba. Pero la línea interceptada era, en realidad, la del expresidente Uribe Vélez. Un error evidente.

Ante esa irregularidad, la defensa pidió la exclusión de las grabaciones. Sin embargo, la jueza las admitió argumentando que se trató de un error de buena fe y que el contenido era legalmente relevante. En esencia, invocó un principio equiparable al “inevitable discovery” o a la “excepción de buena fe”, doctrinas típicas del derecho penal estadounidense que permiten admitir pruebas obtenidas de manera técnicamente defectuosa, siempre que no haya dolo ni manipulación.

¿Es válido ese razonamiento? Técnicamente, sí. Pero entonces surge una pregunta ineludible: si la jueza se siente cómoda utilizando doctrinas del sistema penal de Estados Unidos para validar pruebas, ¿por qué no aplica también el estándar de culpabilidad de ese mismo sistema? Caramba.

La jueza dictó sentencia contra el expresidente Álvaro Uribe. Lo condenó a 12 años y pidió la detención inmediata, pese a la decisión de la defensa de apelar el fallo.
La jueza dictó sentencia contra el expresidente Álvaro Uribe. Lo condenó a 12 años y pidió la detención inmediata, pese a la decisión de la defensa de apelar el fallo. | Foto: Captura de video

¿Y la duda razonable? En el derecho penal de Estados Unidos, nadie puede ser condenado si existe al menos una duda razonable sobre su culpabilidad. No una certeza matemática, pero sí una convicción moral que no deje espacio para vacilaciones.

Y en este caso, hay muchas razones para dudar. Si este caso hubiera sido juzgado bajo el sistema penal de Estados Unidos, la respuesta del tribunal habría sido clara: “Not guilty”. Y no porque Uribe sea un inocente perfecto, sino porque, bajo el sistema norteamericano, la justicia exige certeza, equilibrio y pruebas completas. Y eso no existió aquí. Me explico.

Primero. Duda razonable. En Estados Unidos, basta con que un solo jurado tenga una duda razonable para que no haya condena. Y aquí hay muchas: el testigo clave, Juan Guillermo Monsalve, es un criminal condenado, con múltiples versiones. Grabó conversaciones con un reloj espía dentro de la cárcel, pero no se presentó el contenido completo. Solo los fragmentos que convenientemente servían a la acusación. No sabemos qué se omitió. Y donde hay dudas, en Estados Unidos, no se condena. Punto.

Segundo. Pruebas admisibles y completas. En la justicia americana, las reglas de evidencia son estrictas: pruebas sin cadena de custodia clara, excluidas. Testigos que han mentido en el pasado o tienen conflictos de interés: desacreditados. Fragmentos editados de grabaciones: inadmisibles o fuertemente cuestionados. Si este caso se hubiera juzgado en Estados Unidos, las pruebas principales probablemente habrían sido anuladas o descartadas.

Tercero. Derecho a confrontar a los testigos. La Sexta Enmienda garantiza que el acusado pueda confrontar cara a cara a todos los testigos en su contra. En este caso: Iván Cepeda habló con el mismo testigo (Monsalve), fue denunciado por manipulación y dijo que no podía entregar su celular porque se le dañó. Aun así, nunca fue interrogado en juicio. Nunca se le exigió explicar directamente su papel. En Estados Unidos, eso habría bastado para anular todo. No se puede condenar a alguien sin permitirle interrogar a quien lo acusa o participa del proceso.

El juicio penal contra Álvaro Uribe y por qué es distinto al de otros expresidentes colombianos.
El juicio penal contra Álvaro Uribe y por qué es distinto al de otros expresidentes colombianos. | Foto: Montaje Jesús Chacín/El País, con fotos de: (complejo judicial de Paloquemao.)

Cuarto. Juicio por jurado imparcial. En un juicio federal en Estados Unidos, 12 ciudadanos evalúan los hechos. No un solo juez. No un funcionario con formación política. No alguien expuesto a presiones ideológicas. Y frente a esta historia con un testigo cuestionado, pruebas incompletas y trato desigual entre acusador y acusado, es casi seguro que al menos uno de esos jurados habría dicho: “Esto no me convence. Hay dudas”. Y con una sola duda, Uribe estaría libre.

En conclusión, esta sentencia, en Estados Unidos, no habría sobrevivido ni a la fase de admisión de pruebas. Mucho menos a un jurado.

La gran incoherencia está aquí: se usa una doctrina estadounidense (la del error de buena fe) para aceptar una prueba obtenida de manera irregular, pero se ignora la regla madre del derecho anglosajón: la duda beneficia al acusado.

Eso no es justicia. Eso es sentenciar con dos varas. Aplicar lo que conviene y desechar lo que estorba.

La consecuencia es devastadora: se debilita la confianza en la imparcialidad del sistema judicial y se alimenta la sospecha de que, más que una sentencia, lo que se firmó fue una resolución política. Técnica en su forma. Peligrosamente asimétrica en su fondo.