Laboral
Lo que debe saber sobre las conciliaciones
Conozca para qué se utiliza y cuáles son los asuntos conciliables que están legalmente establecidos.
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El Ministerio de Trabajo dio respuesta a una serie de preguntas que se hacen habitualmente sobre la conciliación laboral.
¿Qué son las conciliaciones?
Es el mecanismo que utilizan las partes de un conflicto para llegar a un acuerdo que evita que éstas acudan ante una jurisdicción laboral. Se clasifica en conciliación judicial y extrajudicial. La conciliación laboral en derecho puede ser judicial o extrajudicial; pudiéndose intentar en cualquier tiempo, antes o después de presentarse la demanda (art. 19 CPTSS)”.
¿Cuáles asuntos son conciliables?
Los asuntos que son conciliables en derecho laboral son:
• Conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación.
• Todos los conflictos jurídicos de trabajo que se tramitan como procesos ordinarios de única o de primera instancia.
• Acoso laboral y otros hostigamientos.
• Cuando los hechos no son claros, ejemplo justa causa para la terminación unilateral del contrato de trabajo o accidente de trabajo donde no se precisan las circunstancias de tiempo, modo o lugar;
• Sobre las consecuencias del despido cuando se tramita un contrato conflicto colectivo: reintegro o indemnización. Cuando el nacimiento del derecho está supeditado al cumplimiento de un plazo o condición, ejemplo pensión (edad y tiempo de servicio)
• Cuando existe una circunstancia que impide su nacimiento o exigibilidad. Ejemplo la prescripción.
¿Cuáles asuntos no son conciliables?
Asuntos que no son conciliables:
• Derechos ciertos e indiscutibles;
• Materias no transigibles, no desistibles, ni conciliables;
• Derechos adquiridos;
• Derechos inexistentes;
• Derechos de terceros,
• Cuando existe cosa juzga y
• Sobre normas de orden público.
Contratos de trabajo – modalidades