Vehículos
¿Cuánto vale y quién paga la retención en la fuente a la hora de vender un carro o una moto? Así se debe hacer el negocio
El traspaso es un trámite que, además de sellar el negocio, le da la tranquilidad si en el futuro el vehículo se ve involucrado en un tema legal.
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A la hora de comprar un carro usado hay varios trámites que se deben surtir para realizar el traspaso y que el vehículo pase a nombre del nuevo dueño.
Sin embargo, en medio de la informalidad del negocio se puede llegar a diferentes acuerdos que permitan a las partes llevar a cabo la transacción; en este proceso, hay quienes pactan el pago de lo que comúnmente se llaman ‘los papeles’, donde se puede incluir el valor del trámite y otros costos cómo la retención en la fuente.
Ante esto, y pese a que las partes hayan acordado de manera particular la formo como realizarían los pagos, es preciso señalar que ante la Ley y los organismos de tránsito, el responsable del pago de la retención en la fuente el vendedor.

¿Quién paga el traspaso de un vehículo?
Según la norma colombiana, para el negocio entre dos particulares que han acordado la compraventa de un vehículo, hay unos pagos estipulados que corresponden a cada una de las partes.
Para el caso de la retención en la fuente, el vendedor será quien debe asumir este pago, el cual equivale al valor comercial del 1 % del avalúo comercial de vehículo.
Además, el costo del traspaso, por lo general, va dividido en partes iguales entre el comprador y el vendedor.
Aunque esto es lo que generalmente se hace a la hora de comprar y vender un vehículo, hay ocasiones en que los negocios se hacen de forma informal celebran acuerdos diferentes de manera interna; sin embargo, a la hora de presentar los documentos para realizar la diligencia antes los organismos de tránsito, esto no exime la responsabilidad tributaria del vendedor, quien para efectos legales será quien aparezca como quien asumió este pago.
¿Cuánto vale el traspaso y requisitos para el traspaso de un vehículo?
Tarifas del trámite
- Carro: $ 217.700 + retención en la fuente (1% sobre avalúo como retefuente comercial).
- Moto $ 124.300 + Retefuente (1% sobre avalúo como retefuente comercial).

Condiciones y requisitos
- Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito RUNT, como persona natural o jurídica (tanto vendedor como comprador). Si el trámite lo realiza un tercero, este también deberá estar inscrito.
- El vehículo debe estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.
- El SOAT debe estar vigente en el RUNT.
- Revisión Técnico Mecánica cuando aplique cargada en RUNT.
- Tanto el comprador como el vendedor deben estar a paz y salvo en multas por infracciones de tránsito a nivel nacional.
- Paz y salvo de impuesto sobre el vehículo, el cual se validará en la página de la Secretaría de Hacienda. Se sugiere aportar el comprobante de pago en físico para agilizar la validación.
- En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
Qué debe presentar para realizar el traspaso
- Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal - PPT, el cual se debe encontrar en original. En caso de contar con la cédula digital, la misma es verificada a través del aplicativo de la Registraduría Nacional.
- La contraseña del documento se valida en la página de la Registraduría Nacional. Si el estado del documento está en trámite, será aceptado. Pero, si el documento está disponible para ser entregado, debe reclamarlo y volver con el documento original.
- Formulario de solicitud de trámite del Registro Nacional Automotor, debidamente diligenciado.

- Contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles y mercantiles, adjuntando las improntas; o certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN; o la imagen del código QR, según corresponda.
- Improntas adheridas en la parte final o al reverso del contrato de compraventa o documento o declaración en el que conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo. Si son de difícil acceso se recibe certificación expedida por la DIJIN.
- Presentar el recibo de pago de la Retención en la Fuente.
- Pago de la tarifa del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).
- Si el propietario es persona jurídica se valida a través del RUES.
- Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero, la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.