El jueves 29 de septiembre jugaron dos importantes loterías en Colombia, la de Bogotá y la del Quindío. Para el caso de la Lotería de Bogotá, el premio mayor es de 9.000 millones de pesos, aunque también entregó millonarios premios de 400 millones, 100 millones de pesos y 50 millones de pesos; mientras tanto, la de Quindío tiene un premio de 1.400 millones de pesos y otros secos de 40 millones de pesos y 21 millones de pesos, entre otros.

Estos fueron algunos de los resultados de la Lotería de Bogotá:

- 3025, serie 043 (premio mayor, despachado en la ciudad de Bogotá).

- 9387, serie 132 ($ 400 millones).

- 0085, serie 357 ($ 100 millones).

- 5036, serie 275 ($ 100 millones).

- 9915 serie 194 ($ 100 millones).

Por su parte, el número ganador (premio mayor) de la Lotería del Quindío fue el 0317 de la serie 037.

- Seco de 150 millones de pesos: 3714 de la serie 157.

- Seco de 45 millones de pesos: 3842 de la serie 109.

- Seco de 45 millones de pesos: 0952 de la serie 155.

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 2011 de la serie 031.

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 2114 de la serie 086.

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 0375 de la serie 148.

Los demás resultados se pueden apreciar en el siguiente video:

Vale destacar que la noche del miércoles 28 de septiembre, la Lotería del Valle entregó un premio mayor de 4.000 millones de pesos así como un seco de 200 millones de pesos, dos secos de 100 millones de pesos, tres secos de 50 millones de pesos, diez secos de 20 millones de pesos y 20 secos de diez millones de pesos.

Estos fueron algunos de los resultados:

7662, serie 179 (Premio mayor)

2316, serie 015 (200 millones de pesos)

4256, serie 111 (100 millones de pesos)

5985, serie 112 (100 millones de pesos)

2774, serie 082 (50 millones de pesos)

7581, serie 039 (50 millones de pesos)

3020, serie 008 (50 millones de pesos)

¿Qué hacer al ganar la lotería?

Para solicitar la entrega del premio se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la Dian y una copia de la cédula de ciudadanía.

Esta persona no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) le descontará parte del monto.

De acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.