La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) prorrogó la suspensión de términos administrativos en las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira, Buenaventura y Tuluá, debido a las afectaciones que continúan luego del terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto.

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La decisión fue adoptada por el director general de la entidad, Andrés Felipe Velásquez Reyes, tras encabezar un Puesto de Mando Unificado (PMU) con el equipo directivo de la Dian para revisar las condiciones de los funcionarios, la infraestructura física y los recursos tecnológicos en las 10 seccionales que inicialmente reportaron afectaciones por la emergencia.

Según la entidad, el análisis de la situación permitió establecer que era necesario mantener la suspensión de términos en Pereira, Buenaventura y Tuluá, con el propósito de garantizar la seguridad de contribuyentes y funcionarios, así como el derecho al debido proceso.

La Dian ha tomado medidas para las ciudades afectadas por el terremoto. Foto: ADOBE STORE / GETTY IMAGES

“Tras el análisis se concluyó que era necesario mantener la medida de la suspensión de términos en las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira, Buenaventura y Tuluá para salvaguardar la vida de los contribuyentes y funcionarios, y garantizar el derecho al debido proceso”, señaló la Dian.

La suspensión para estas tres jurisdicciones se extenderá hasta el 11 de septiembre de 2026. De acuerdo con la entidad, los términos administrativos se reanudarán el 14 de septiembre de 2026.

Durante este periodo no correrán los plazos relacionados con trámites, requerimientos y respuestas a actuaciones administrativas ni la presentación de solicitudes o recursos ante la Dian en las jurisdicciones cobijadas por la medida.

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Por otra parte, la entidad indicó que las direcciones seccionales de Armenia, Manizales, Palmira, Popayán y Quibdó, así como las direcciones seccionales de Impuestos y de Aduanas de Cali, retomarán el curso normal de los términos este 26 de agosto de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 012017 de 2026.

La Dian seguirá comunicando las medidas por medio de sus canales oficiales. Foto: ISTOCK

La Dian precisó que la medida de suspensión de términos no modifica los vencimientos definidos por la ley para el cumplimiento de obligaciones tributarias ni la presentación de declaraciones o el pago de impuestos, salvo que existan disposiciones especiales que establezcan lo contrario.

La entidad indicó que continuará evaluando las condiciones operativas en las zonas afectadas por el terremoto para determinar las acciones administrativas correspondientes.