El decreto pensional que había anunciado el Gobierno —que creó un polvorín en el país— finalmente salió a la luz pública y, según las primeras apreciaciones, no habría atendido las sugerencias, pese a haber estado expuesto a comentarios, lo que tradicionalmente se hace para recibirlos y ajustar la norma.
El decreto, rotulado con el número 0369 y firmado por el ministro de Hacienda, Germán Ávila, les pone un límite global de inversión en el exterior a los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias. En su momento, cuando se destapó el borrador de decreto, el gremio Asofondos advirtió que el deber fiduciario que deben cumplir los fondos los obliga a proteger el interés de los más de 19 millones de afiliados por encima de cualquier otra cosa.
En solo cuatro artículos, incluido el de vigencia y derogatorias, se hace toda una transformación a la manera en la que se venían adelantando las inversiones de la plata de los aportantes a pensiones en fondos privados o AFP.
Según la norma, “la totalidad de las inversiones realizadas por cada AFP por cuenta de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias del régimen de ahorro individual con solidaridad, estarán sujetas a un límite global de inversión del 30 % de la suma del valor total de dichos fondos”.
Con el restante 70 %, a la luz del decreto emitido, la inversión deberá seguir conforme a lo que venía establecido según la naturaleza de cada fondo: si es conservador, moderado, de mayor riesgo o especial, que es en el que se maneja la plata para el retiro programado de los aportantes.
La norma hace la salvedad de que, en todo caso, las inversiones que se hagan deberán cumplir con la condición de ser rentables y tener garantía de seguridad, ya que se trata de recursos de los ciudadanos y son para el aseguramiento en su vejez.
Un plazo perentorio
En el decreto se establece un plazo, que va del 7 de abril al 7 de octubre, para que las AFP presenten un plan para la implementación gradual del límite establecido en la norma.
En esos seis meses, que en todo caso se cumplirán cuando ya otro sea el gobernante de Colombia, tendrán que diseñar la estrategia.
Alrededor del debate sobre la decisión del Gobierno de restringir la inversión de los recursos de los aportantes que están en los fondos privados, en el exterior, Andrés Velasco, presidente de Asofondos, recordó en su momento que no se podría olvidar que los trabajadores son los dueños del ahorro que administran los fondos.
Crea una nueva entidad
Igualmente, se destaca en el documento que se creará una nueva entidad, cuyo propósito será facilitar el cumplimiento del límite global de inversión en activos del exterior y promover la canalización del ahorro pensional hacia proyectos de inversión públicos y/o privados en el territorio nacional.
Según el decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá promover la creación de un banco de proyectos de inversión con enfoque productivo. Ello, para que los recursos que se limitan (que no se pueden llevar afuera) encuentren oportunidades de inversión en proyectos locales. Alrededor de este tema hubo controversia, pues algunos analistas recordaban que, en el pasado, se realizaron intentos similares y los proyectos no aparecían.
Régimen de transición
El decreto contempla un régimen de transición a través del cual “los fondos de pensiones obligatorias, administrados por las AFP, contarán con un plazo máximo de cinco años para dar cumplimiento al límite global de inversión en activos del exterior”.
Esa así como, en los tres primeros años, podrán usar un límite de hasta un 35 % en la inversión que podrán tener afuera. Pero al quinto año, ya la cifra bajará a 30 %.