Con la llegada de junio, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la prima de servicios, una prestación social que representa un ingreso adicional y que suele convertirse en un alivio económico para los hogares.

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Sin embargo, cuando se trata de los docentes, no todos tienen derecho a recibir este beneficio, ya que el acceso depende del tipo de vinculación laboral que tengan con la institución educativa donde prestan sus servicios.

La prima de servicios es una de las prestaciones sociales que beneficia a trabajadores en junio y diciembre. Foto: Getty Images/iStockphoto

La prima de servicios es una prestación social que deben recibir los trabajadores vinculados mediante un contrato laboral. Este pago corresponde a 30 días de salario por año trabajado y generalmente se entrega en dos partes: una a mitad de año y otra en diciembre.

En el caso de los profesores, quienes cuentan con una relación laboral formal con colegios, universidades o instituciones educativas tienen derecho a recibir esta prestación, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la ley.

Esto incluye a docentes vinculados mediante contratos de trabajo que implican subordinación, horario y dependencia directa del empleador.

No obstante, existe un grupo importante de profesores que queda excluido de este beneficio. Se trata de los docentes que prestan sus servicios a través de contratos de prestación de servicios.

De acuerdo con la legislación colombiana, las personas vinculadas bajo esta modalidad son consideradas trabajadores independientes y no empleados con una relación laboral subordinada. Como consecuencia, no tienen acceso a las prestaciones sociales que sí reciben los trabajadores contratados formalmente.

Entre los beneficios a los que no pueden acceder se encuentran la prima de servicios, las cesantías y los intereses sobre cesantías.

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Esto significa que, aunque desarrollen funciones de enseñanza, investigación o formación académica similares a las de otros docentes, el tipo de contrato bajo el cual fueron contratados les impide recibir el pago adicional correspondiente a mitad de año.

La situación suele generar dudas entre profesores que trabajan por honorarios o mediante contratos temporales en universidades, institutos de educación superior y otras entidades educativas.

Miles de trabajadores en el país esperan el pago de la prima de junio. Aprenda cómo calcular cuánto le deben pagar. Foto: Imagen creada con IA Gemini

Muchos de ellos cumplen jornadas académicas regulares e incluso permanecen durante largos periodos vinculados a una misma institución, pero al no existir un contrato laboral formal, la ley no les reconoce las prestaciones sociales tradicionales.

Por esta razón, expertos en temas laborales recomiendan que los trabajadores revisen cuidadosamente las condiciones de su contratación para conocer cuáles son sus derechos y beneficios. El contrato firmado es el documento que determina si una persona tiene o no acceso a prestaciones como la prima de servicios.