Colfondos informó la activación de un plan de contingencia para facilitar el acceso de sus afiliados a mecanismos de protección económica tras el terremoto que afectó a varias regiones del país.
La entidad indicó que habilitó cuatro alternativas para las personas impactadas por la emergencia: retiro de cesantías para reparación de vivienda, auxilio funerario, pensión por sobrevivencia y devolución de saldos.
Colfondos añade que la medida busca atender a los afiliados que enfrentan daños en sus viviendas o situaciones derivadas de la pérdida de familiares.
“Ante los reportes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que indican más de 134.000 viviendas afectadas, nuestra prioridad institucional es actuar con celeridad para proteger el bienestar y el patrimonio de nuestros afiliados”, señaló la entidad.
¿Cuáles fueron las medidas adoptadas?
Para los trabajadores cuyas viviendas presentaron daños estructurales, Colfondos recordó que la legislación permite el retiro parcial o total de las cesantías con el fin de financiar las reparaciones necesarias.
Entre los documentos solicitados para este trámite se encuentran la autorización escrita del empleador, copia de la cédula de ciudadanía, certificado de libertad y tradición del inmueble y el contrato civil de obra o presupuesto detallado de materiales.
Frente a los casos de fallecimiento de afiliados o pensionados, la entidad explicó que el sistema pensional contempla un auxilio funerario para quienes acrediten haber asumido los gastos exequiales.
Este beneficio corresponde al último salario cotizado o mesada pensional, con un mínimo de cinco y un máximo de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Monto: equivale al último salario cotizado o mesada pensional, garantizando un piso de cinco (5) y un tope de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
- Vigencia: el derecho a reclamarlo prescribe a los tres (3) años siguientes al fallecimiento.
Asimismo, Colfondos señaló que las familias que perdieron a su principal proveedor económico pueden solicitar la pensión por sobrevivencia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos, entre ellos que el afiliado haya cotizado al menos 50 semanas durante los tres años anteriores al fallecimiento.
En los casos donde no se cumpla este requisito, los beneficiarios pueden solicitar la devolución de saldos. La entidad explicó que, cuando no existen beneficiarios de ley, el capital ahorrado ingresa a la masa sucesoral hasta el quinto grado de consanguinidad.
Colfondos hizo un llamado a sus afiliados para realizar los trámites únicamente a través de sus canales oficiales y recordó que “estos trámites son totalmente gratuitos y sencillos; no se requiere de tramitadores, pagos a terceros ni intermediarios para acceder a sus recursos”.
La entidad dispuso su oficina virtual y líneas de atención telefónica para orientar a los usuarios y gestionar las solicitudes relacionadas con los mecanismos habilitados tras la emergencia.