Existe una situación que se ha vuelto común para muchos colombianos al hacer compras. Cuando, durante un adquisición en un establecimiento, al pedir pagar con tarjeta, en el lugar le aseguran que puede hacerlo, pero que ese pago subiría un 5 % o 10 % adicional por esa forma de pago.
Esto provoca que muchos deban pagar más por sus productos, simplemente por el medio de pago, que deban cargar efectivo o que deban hacer algún tipo de transacción como transferencia bancaria u otra alternativa.
Con esta dinámica, muchos se preguntan si esta práctica es del todo legal y aunque no hay una restricción para pedir esto al comprador, lo cierto es que la Constitución precisa que quienes impongan esta medida, deben ser claros diciendo con antelación al comprador que deben pagar un porcentaje adicional por comprar con tarjeta.
De otro lado, el Estatuto del Consumidor también precisa que esta medida es ilegal, dado que el articulo 26 precisa que el consumidor solo está obligado a pagar el precio claramente anunciado antes de formalizar la venta y que cualquier recargo que exista y no esté visible desde el principio, que aparezca solo al momento de pagar, es ilegal y viola el estatuto.
El comerciante no puede quedarse callado y solo aplicar el recargo cuando sea el momento de pagar. Esta medida debe ser clara y expresa.
Adicional a ello, muchas franquicias como Mastercard y Visa precisan que en la mayoría de los casos, el costo del datáfono lo debe asumir el comerciante y este costo no debe ser traspasado al cliente.
De hecho, se contemplan varias sanciones por parte de estos operadores hacia establecimientos, que pueden ser multas o también retirar los dispositivos o suspender el servicio.
La única manera en la que sea legal el proceso es que el establecimiento sea claro con la medida. Allí está en todo el derecho de competir libremente y detallar el medio de pago.