El Dane, divulgó el IPC del año 2025, y según la entidad la inflación del año pasado fue de 5.10%, con este dato los miles de arrendadores del país pueden realizar las cuentas sobre cuál es el tope máximo que pueden aumentar el canon de arrendamiento.
Al momento de conocer el nuevo valor se debe informar vía escrita a los inquilinos para que los mismos conozcan las nuevas condiciones y el mes en el cual se empezará a pagar el mismo.
“El cálculo para incrementar el canon de arrendamiento en 2026 es multiplicar el valor del canon de arrendamiento mensual por IPC de 2025 y ese es el monto del valor a incrementar en el presente año que sumado al valor del arriendo en el año anterior da como resultado el valor total del arriendo a pagar en el nuevo año o periodo de aumento, previa comunicación por escrito del arrendador o propietario al arrendatario” señalan las leyes del país.
Las personas solo pueden incrementar el valor a las personas que cumplan el año de contrato o se esté en el proceso de renovación del mismo. De igual manera, al momento de establecer un nuevo acuerdo debe quedar claro el valor a pagar y los tiempos y multas que se impondrán si no se realizan los pagos.
¿Qué puede hacer una persona si le suben más del valor permitido?
Lo primero que indican los expertos en la materia es que las personas deben ponerse en comunicación con los dueños del predio con los cuales firmaron el contrato para poder llegar a un acuerdo y establecer el valor que se ajuste a las normativas de vivienda del país.
Si en dichas conversaciones no se logra llegar a buen puerto, las personas pueden interponer diversos recursos ante las autoridades locales.
“En el evento en que el arrendador no notifique al arrendatario con el debido tiempo sobre la renovación del contrato, el arrendatario puede ir ante los entes de control de cada ciudad o municipio para solicitar que se le realice el incremento de acuerdo a lo señalado por la ley y que se penalice al arrendador por su conducta”, señala la Ley 820 de 2003.
En el caso de Bogotá, por medio de las alcaldías locales o ante la Secretaría de Hábitat, de manera adicional, los caminos judiciales pueden ser otra opción para lograr el respeto de los derechos y el cumplimiento de la ley.