Los pensionados que se trasladaron del régimen público a un fondo privado y consideran que no recibieron información suficiente sobre las consecuencias de esa decisión podrían tener derecho a una indemnización económica.

¿Cotizó durante años y no se pensionó? Proponen devolverle la totalidad de sus ahorros

Así lo establece una decisión de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que condenó a Porvenir a pagar 66.174.234 millones de pesos a una mujer por los perjuicios derivados de la falta de información durante su traslado.

La Corte Suprema señaló los aspectos en los cuales se podría presentar una reclamación. Foto: No

El caso quedó consignado en la sentencia SL899-2026, del 3 de junio de 2026, y fue promovido por Jeannette S. Mora Mateus, quien cuestionó las condiciones en las que pasó al régimen de ahorro individual administrado por Porvenir.

La mujer se trasladó en 1997, cuando tenía 32 años y cerca de 346 semanas cotizadas en el entonces Instituto de Seguros Sociales.

Según su reclamación, no recibió explicaciones suficientes sobre las diferencias entre los dos sistemas, las modalidades de liquidación de la pensión ni las consecuencias que podía tener abandonar el régimen público.

En 2022, Porvenir le reconoció una mesada de aproximadamente $1 millón. La pensionada sostuvo que, de haber permanecido en el régimen de prima media y cumplido los requisitos correspondientes, habría podido acceder a una prestación cercana a $1,79 millones.

El proceso tuvo decisiones distintas en las instancias judiciales. Mientras el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín reconoció inicialmente la reclamación, el Tribunal Superior de Medellín revocó esa determinación. Posteriormente, la Corte Suprema revisó el caso y ordenó el pago de la indemnización.

La decisión se relaciona con el deber que tienen las administradoras de fondos de pensiones de suministrar información clara, suficiente y oportuna para que los trabajadores conozcan las condiciones, ventajas y riesgos de cada régimen antes de tomar una decisión.

¿Quiénes podrían reclamar una indemnización?

El pronunciamiento no significa que todos los pensionados de fondos privados tengan derecho a recibir dinero adicional ni que sus mesadas deban incrementarse automáticamente.

Los fondos de pensiones deben orientar a los usuarios al solicitar su traslado. Foto: IA

Para que exista una reparación, debe acreditarse que la administradora incumplió su obligación de informar, que esa conducta ocasionó un perjuicio y que existe una relación entre la falta de asesoría y el daño sufrido por el afiliado.

Reforma pensional queda tal cual la aprobó el Senado; Cámara cumplió orden de la Corte Constitucional

La Corte ha establecido que la reparación puede reconocerse bajo la figura de pérdida de oportunidad pensional, es decir, cuando la falta de información afectó la posibilidad de que una persona accediera a una pensión más favorable en el régimen público.

Por tanto, cada situación debe examinarse individualmente, teniendo en cuenta la historia laboral, las condiciones del traslado y el monto de la prestación reconocida.