La Fiscalía dijo que Stiven Londoño, el reguetonero conocido como Blessd, era un peligro para la sociedad y que no tenía disposición de acudir a los jueces, de ahí la necesidad de enviarlo a la cárcel. Sin embargo, la juez a cargo concluyó que no se logró probar la inferencia de participación en el delito imputado por la Fiscalía y negó la solicitud de cárcel en contra del cantante.

Fiscalía pide enviar a la cárcel al cantante Blessd: “Tiene graves antecedentes”

“Decir que fue privado de su derecho de locomoción que viene de verse de esa versión que da y las otras que él posteriormente rindió, comparadas entonces con lo que refiere el señor Jefferson Sánchez y los agentes de la Policía; no se extrae suficiencia en efecto a que este ciudadano fuera retenido secuestrado en contra de su voluntad, que se restringiera su movilidad, que es lo que exige este delito de secuestro extorsivo”, dijo la juez.

Durante la imputación de cargos contra el reguetonero por el delito de secuestro extorsivo, la Fiscalía reveló detalles de la investigación de un enredo judicial que arrancó en 2022 cuando una supuesta disquera del barrio El Poblado de Medellín, el cantante y su manager, conocido como Dímelo Jara, citaron a Andrés Felipe Sánchez, imitador de Ozuna y en su momento participante del programa Yo me llamo.

En la supuesta reunión se iban a discutir asuntos de un contrato sobre la participación de Andrés Felipe en conciertos y presentaciones interpretando al reguetonero; sin embargo, el encuentro terminó en lo que ahora la Fiscalía califica como un secuestro y donde le estarían haciendo exigencias a la víctima.

“Se tiene que la modalidad de la conducta imputada en esta investigación da cuenta de que se cometió contra una persona que se encontraba en condiciones de ventana y que, además de ser privada de su libertad, maltratada, golpeada y amenazada, también fue colocada en imposibilidad de pedir auxilio o comunicar lo que estaba pasando”, señaló la Fiscalía.

Para el ente acusador es claro que el cantante, con antecedentes por conductas criminales similares en contra de otras víctimas, no es un ciudadano ejemplar y debe enfrentar su proceso privado de la libertad, dada la gravedad de los hechos y la calidad del presunto responsable.

“Se puede concluir que el ciudadano (Blessd) no tiene la capacidad de determinar su comportamiento como para seguir las órdenes de los jueces, sino que, por el contrario, tiende a repetir dicho comportamiento ante el mismo tipo de víctima. Esto habla en contra del procesado y en contra de su autocontrol”, dijo la Fiscalía.

Así las cosas Bleesd podrá enfrentar su proceso en libertad mientras la Fiscalía en etapa de juicio busca una condena en su contra por las conductas que quedaron redactadas en el expediente.