Una decisión trascendental de la Corte Constitucional podría cambiar el rumbo de los influencers y creadores de contenido en Colombia. Todo por la necesidad de establecer reglas de juego claras frente al ejercicio de la libertad de expresión en redes sociales.
La Corte le pidió al Congreso de la República y al Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella que construyan una hoja de ruta que regule los derechos y deberes de quienes utilizan las redes sociales de manera masiva.
La decisión se tomó ante la urgente necesidad de establecer reglas claras que permitan definir esos beneficios y obligaciones que están ligados a la libertad de expresión a través de redes sociales. Por eso, la decisión también lleva un llamado de atención para las plataformas digitales.
El caso llegó a la Corte Constitucional por medio de una tutela contra Diana, una creadora de contenido del pódcast Audiovisuales la Prada, señalada de vulnerar los derechos de una mujer llamada Mariana, quien no otorgó consentimiento libre e informado para difundir una entrevista que fue grabada y publicada en redes en la que narraba un episodio de violencia que padeció.
Mariana le pidió a la creadora de contenido que eliminara la entrevista y cualquier tema asociado, pero ese material siguió disponible en las plataformas digitales durante un año más. La mujer no encontró una respuesta positiva para que cesaran las publicaciones, se reconocieran beneficios económicos por la difusión del contenido y se ofrecieran disculpas públicas por el hecho.
Para estudiar a fondo esa tutela, la Sala Sexta de Revisión, conformada por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Paola Andrea Meneses Mosquera y Vladímir Fernández Andrade, quien la preside, recordó que el consentimiento, por regla general, es una manifestación en la que se acepta o rechaza cualquier vínculo con algo o alguien.
Sin embargo, la Corte reconoció que, en algunos casos, ese consentimiento necesita cumplir varias condiciones: 1. que sea previo, es decir, ese permiso se debe obtener antes de que se produzca el contenido; 2. que sea libre y no exista coacción por parte de quien usará la información; 3. y que sea informado para que quien tome la decisión asuma la carga.
Por eso, la Corte concluyó que si un creador de contenido o influencer publica o divulga información y utiliza la imagen de una persona sin obtener su consentimiento libre, previo o informado, vulnera sus derechos a la intimidad y a la propia imagen.
El fallo determinó que en la actualidad hay varios escenarios digitales en los que creadores de contenido, influencers, usuarios y plataformas interactúan de manera constante, pero no existe una regulación que establezca los derechos y deberes detrás de esa actividad.
Por eso, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de las Tecnologías y Comunicaciones (TIC) y al Congreso de la República que creen una reglamentación, teniendo en cuenta que la libertad de expresión en redes sociales tiene límites en la Constitución de Colombia.