El Ministerio de Salud publicó la Resolución 1123 de 2021, que establece los protocolos para el turismo marítimo y marca un punto fundamental para el regreso de los cruceros a las costas colombianas, después de meses de pausa por la pandemia.

Las medidas se dividen por actor. Algunas de las definidas para las instalaciones portuarias, operadores portuarios, agencias marítimas y demás actores relacionados, son:

- Impedir el ingreso a toda persona con síntomas de coronavirus.

- Desinfectar diariamente las áreas de embarque, filtros de seguridad, cubículos de las autoridades y de check in, así como de zonas comerciales.

- Reportar inmediatamente a la secretaria departamental, distrital o municipal de salud cualquier caso sospechoso que se presente en el puerto y activar el protocolo correspondiente, así como disponer de un área para el aislamiento de casos sospechosos de covid-19.

Por otra parte, algunas de las medidas para los distintos modos de transporte por tierra para los turistas, en el lugar de arribo del crucero, incluyen:

- Limpiar y desinfectar los sitios y elementos con los cuales los usuarios, trabajadores y demás personas pueden entrar en contacto con el virus durante el proceso de abordaje, tales como taquillas, sillas, pasamanos, entre otros.

- Prohibir el consumo de alimentos y bebidas.

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Asimismo, las medidas para el desembarque de pasajeros y tripulantes incluyen, por ejemplo:

- ”La nave a través del agente marítimo debe presentar a la autoridad sanitaria, el listado de todas las personas que tienen intención de desembarcar en puerto y cada una de ellas deberá hacer entrega del documento de declaración en donde especifique que no presenta sintomatología asociada a la covid-19, que no ha estado en contacto los últimos 14 días con personas positivas, que se comprometen a portar los elementos de protección personal en tierra, a dar cumplimiento a las medidas establecidas en tierra tales como aforos, distanciamiento, entre otros, y ejercer la disciplina del autocuidado”.

- Después de la visita oficial por parte de las autoridades competentes y se tenga el visto bueno, podrán desembarcar.

- Las personas que sean sospechosas o positivas para el virus no podrán bajarse, ni tampoco aquellas con las que tuvo contacto.

Además, los lineamientos específicos para pasajeros y tripulantes obligan a, entre otras cosas:

- En caso de ser positivo asintomático y requerir bajarse en la ciudad, debe contar con un seguro de viajero con la cobertura de covid-19, reserva de alojamiento y hospedaje por 14 días, documento que lo compruebe y certificación del compromiso de pago al lugar en donde se quedará guardando cuarentena.

- “En caso de que el buque se encuentre en cuarentena y un turista o tripulante requiera bajar, este deberá presentar la prueba PCR covid-19 negativa, la cual será realizada por el barco o agencia marítima y avalada por las secretarias de Salud de la jurisdicción, especificando el tipo de prueba”.

- Al menos 95 % de la tripulación debe estar vacunada contra la covid-19. En caso contrario, podrá presentar una prueba PCR negativa con una anterioridad de máximo 72 horas.

Entre las medidas adicionales para el arribo y estadía en el puerto, el Ministerio de Salud ordenó que las naves tengan la capacidad de hacer pruebas de covid-19 a bordo. Además, tendrán que contar con la posibilidad de practicarlas en tierra en caso de que se requiera.

https://www.semana.com/mejor-colombia/articulo/en-2023-zarpara-el-primer-crucero-por-el-rio-magdalena/202100/

El documento significa un paso importante para la reactivación de otro sector turístico, especialmente importante para ciudades como Cartagena y Santa Marta. En el segundo caso, SEMANA conoció que muy pronto llegará la primera embarcación.

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