El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico revocó el auto de un juzgado administrativo que había negado una medida cautelar solicitada por Leyton Daniel Barrios Torres. El fallo ordenó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de las resoluciones expedidas por el Ministerio de Educación Nacional que dieron origen a la vigilancia especial sobre la Universidad del Atlántico y a la suspensión del rector elegido por el Consejo Superior Universitario.
De acuerdo con el documento conocido por SEMANA, la decisión la tomó la Sala de Decisión Oral - Sección B, con ponencia del magistrado Óscar Wilches Donado, en medio del proceso de nulidad y del restablecimiento del derecho promovido contra las resoluciones 022126 del 14 de noviembre de 2025, 023896 del 11 de diciembre de 2025 y los actos derivados del silencio administrativo del Ministerio de Educación.
“Revocar el auto de 27 de mayo de 2026, que denegó el decreto de una medida cautelar consistente en la suspensión provisional de las Resoluciones Nos. 022126 del 14 de noviembre de 2025, 023896 del 11 de diciembre de 2025 y los actos derivados del silencio administrativo, expedidos por el Ministerio de Educación Nacional, para en su lugar concederla”, dice el auto.
En la demanda sostienen que desde el Ministerio de Educación, donde abrieron el proceso de vigilancia especial, suspendieron al rector elegido por el Consejo Superior Universitario (Leyton Barrios) y designaron un reemplazo mediante actos administrativos cuya legalidad ahora es polémica.
Según el expediente, la solicitud cautelar buscaba restablecer de manera provisional la situación existente antes del inicio de la intervención administrativa adelantada por esa cartera del gobierno del presidente Gustavo Petro.
En el auto, el Tribunal recordó que “la suspensión provisional constituye un importante instrumento de naturaleza cautelar, temporal y accesoria, tendiente a evitar que actos administrativos contrarios al ordenamiento jurídico puedan continuar surtiendo efectos mientras se decide de fondo su constitucionalidad o legalidad”.
Asimismo, enfatizaron que este mecanismo busca proteger el objeto del proceso mientras se adopta una sentencia definitiva.
La decisión judicial no resuelve de manera definitiva la controversia sobre la legalidad de las actuaciones del Ministerio de Educación Nacional, sino que adopta una medida cautelar mientras avanza el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Será durante el trámite de fondo cuando la jurisdicción contencioso-administrativa determine si las resoluciones demandadas se ajustaron o no al ordenamiento jurídico.