SEMANA conoció que, ante los señalamientos sobre la permanencia de Micher Pérez Fuentes en la Alcaldía de Fonseca y las críticas por una supuesta falta de institucionalidad en La Guajira, el presidente y magistrado del Tribunal Administrativo de La Guajira, Dilam Gámez, expuso la evolución del expediente judicial y las decisiones adoptadas durante el proceso.
La corporación señaló que sus actuaciones han respondido al “debido proceso, la independencia judicial y la protección de la voluntad popular”.
El conflicto se originó en las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023, cuando actos vandálicos destruyeron cerca del 42 % del material electoral. Ante esa situación, la Comisión Escrutadora Departamental ordenó repetir la jornada, que se realizó el 17 de diciembre de ese año y tuvo como ganador a Pérez Fuentes.
Aunque inicialmente el Tribunal respaldó la repetición de los comicios al considerarla una garantía democrática, el Consejo de Estado revocó esa decisión en enero de 2026; mediante el voto de un conjuez, anuló la elección y convocó nuevas votaciones para el 3 de mayo.
Pérez Fuentes volvió a inscribirse, pero el Consejo Nacional Electoral (CNE) revocó su candidatura un día antes de las elecciones al considerar que estaba inhabilitado por haber ejercido el cargo durante los 12 meses anteriores. Pese a ello, apareció en el tarjetón y obtuvo la mayoría de votos.
Tras una tutela presentada por el candidato, el Tribunal concedió una medida cautelar transitoria que suspendió los efectos de la decisión del CNE. Así, la Comisión Escrutadora lo declaró alcalde el 14 de mayo de 2026.
Posteriormente, el Consejo de Estado revocó el amparo al considerar que la controversia debía resolverse por la vía ordinaria, pero precisó que esa decisión no anuló el acto de elección del 14 de mayo, que mantiene su validez jurídica.
La permanencia de Pérez Fuentes se debate actualmente en un proceso de nulidad electoral en primera instancia. En ese trámite fue negada una medida cautelar de suspensión provisional, al considerar que el fondo debe resolverse mediante sentencia.
Gámez también rechazó las críticas por presuntas dilaciones, señalando que estas fueron archivadas por el Consejo Seccional de la Judicatura, y cuestionó las presiones mediáticas.
“Es inadmisible que se efectúen juicios paralelos a partir de la intervención de medios de comunicación y redes sociales que degradan la discusión jurídica a ataques personales contra los jueces, con miras a socavar la legitimidad de la administración de justicia. El operador judicial no debe ceder ante la presión social para expedir fallos populares pero débiles jurídicamente”, señaló el magistrado.