Una de las apuestas del Distrito durante las últimas semanas ha sido impulsar la reforma tributaria para establecer nuevos tributos en la capital colombiana. La iniciativa, radicada por la Secretaría de Hacienda, avanza rápidamente y varios sectores políticos han definido su posición frente a esta.

Varios edificios públicos de Bogotá no dan ejemplo y dejan luces prendidas toda la noche: denuncia de un concejal tras recorrido

En concreto, la reforma plantea varias exenciones tributarias y beneficios para los contribuyentes, pero también un incremento en el ICA y la imposición de una sobretasa al alumbrado público.

Los predios residenciales de estratos 4, 5 y 6, así como algunos inmuebles de estratos 1, 2 y 3 con altas bases gravables, estarán sujetos a la sobretasa de alumbrado público. Foto: Composición SEMANA | Fotos: Getty Images y suministradas - A.P.I.

Durante la semana pasada, el proyecto logró sortear su primer debate en la Comisión de Hacienda del Concejo de Bogotá. Allí obtuvo los votos necesarios para seguir con el otro escaño, que es la discusión del proyecto en una sesión plenaria, donde todos los concejales darán su opinión y su voto alrededor del proyecto.

San Victorino naufraga frente a las navieras de Temu y Shein: comerciantes prenden las alarmas por grave situación que enfrentan

Es importante tener en cuenta que, para activar esta discusión, el Concejo tuvo que llamar a sesiones extraordinarias, dada la finalización de las sesiones ordinarias por cronograma.

Este 14 de septiembre, el Concejo de Bogotá citó para el 15 de septiembre a las 9:00 a. m. el inicio del segundo y último debate para aprobar la reforma tributaria.

La reforma contempla un alivio para los contribuyentes con deudas tributarias, quienes podrán obtener un descuento del 60 % en intereses y sanciones si cumplen las condiciones establecidas antes del 21 de diciembre de 2026. Foto: Illustra - stock.adobe.com

Los puntos clave de la reforma

Lo primero que hay que entender es que el proyecto impone una nueva sobretasa al impuesto predial para financiar el alumbrado público. Esta empezaría a regir desde el 1.° de enero del 2027.

Respecto a las tarifas, estarán gravados los estratos 1, 2 y 3 que tengan una base gravable superior a los 20.000 UVT. Es decir, con propiedades de un valor superior a 1.047 millones en 2026. También estarán gravados todos los residenciales de estratos 4, 5 y 6.

Quienes más pagarán la tarifa son los precios dotacionales, urbanizables, no urbanizados o urbanizados, pero no edificados. También los sectores comercial, financiero e industrial.

La sobretasa tendrá un tope para predios residenciales de un máximo de 600 UVT y para los demás predios de 1.200 UVT.

El proyecto también plantea beneficios tributarios para nuevas grandes inversiones que generen empleo. Foto: Rochu_2008 - stock.adobe.com

Adicional a ello, los contribuyentes bogotanos tendrán un beneficio si tienen deudas por impuestos. Estos podrán descontar 60 % de intereses y sanciones, si pagan el 100 % del capital y el 40 % restante de intereses y sanciones antes del 21 de diciembre de 2026.

Hay además una exención para el ICA que se dará de manera progresiva para nuevas grandes inversiones que cumplan requisitos de inversión y generación de empleo.

También se establece un beneficio a los predios particulares donde funcionen determinadas Unidades de Servicio del ICBF, los cuales tendrán una exención del 50 % del predial durante seis años.