En 10 días, los colombianos acudirán a las urnas para elegir al sucesor de Gustavo Petro en la Casa de Nariño entre Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda.
Por esa razón, la campaña presidencial se encuentra en su recta final y los aspirantes buscan conquistar el mayor número de votos posibles para ganar en la segunda vuelta del 21 de junio.
En este contexto, han circulado diversas informaciones sobre los candidatos que resultan ser falsas y, además, una senadora de la Alianza Verde estaría promoviendo una versión que ha sido cuestionada por el equipo de Abelardo de la Espriella.
Se trata de la senadora Angélica Lozano, esposa de Claudia López, quien puso en sus redes sociales una afirmación que no es cierta.
“Para ser canciller, Luis Gilberto Murillo tuvo que renunciar a su nacionalidad estadounidense. La nación italiana no impone o no pretende decisiones en su beneficio”, dijo la congresista.
Lozano respondió a un ingeniero que fijó una postura sobre el petrismo que ha difundido la versión de que Abelardo de la Espriella tendría una incompatibilidad por tener nacionalidad italiana y estadounidense.
Sin embargo, la senadora afirma que Murillo renunció a su nacionalidad estadounidense para asumir la Cancillería. La realidad es que Murillo sí renunció a esa nacionalidad, decisión que le trajo grandes problemas familiares, cuando fue nombrado por Gustavo Petro como embajador de Colombia en Estados Unidos.
Murillo tuvo que tomar esa decisión porque el Ministerio de Relaciones Exteriores establece que, para ingresar a la Carrera Diplomática y Consular, y aún más para representar diplomáticamente al país en el exterior, el elegido debe ser colombiano de nacimiento y no tener doble nacionalidad.
De hecho, eso ocurrió en julio de 2022 y Murillo llegó a la Cancillería en mayo de 2024, es decir, dos años después. Así las cosas, la senadora estaría desinformando sobre lo que realmente ocurrió.
A diferencia de lo que establece el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Constitución Política de Colombia establece tres requisitos en su artículo 191: “Para ser presidente de la República se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años”.
Tanto Abelardo de la Espriella como Iván Cepeda cumplen esos tres requisitos, y la jurisprudencia colombiana no contempla disposiciones adicionales sobre otras nacionalidades.
Dicho artículo debería ser conocido por la senadora Angélica Lozano, quien con sus escritos podría estar desinformando a los colombianos.
“No existe, en derecho colombiano, inhabilidad para que un ciudadano colombiano sea elegido, ni tampoco existe incompatibilidad para que se posesione como Presidente de la República, pese a tener más nacionalidades. La razón decisiva es que conserva intacta la condición de colombiano por nacimiento, inmodificada y no transformada por otras naturalizaciones, que es lo que exige el artículo 191 de la Constitución; las inhabilidades son taxativas, conforman un sistema cerrado confirmado por la jurisprudencia para el Presidente y los congresistas, y la única restricción legal por pluralidad de nacionalidad recae sobre los nacionales por adopción; y no hay incompatibilidad en sentido técnico, sin que la tesis de la incompatibilidad funcional por juramento prospere en derecho positivo colombiano, pues sus implicaciones solo tienen relevancia para la relación entre ese Gobierno extranjero y su ciudadano”, dice un concepto expedido por varios expresidentes de las altas cortes.
Por ahora, Lozano no ha corregido su aseveración en las redes sociales.