SEMANA conoció una solicitud que hizo una oficina de abogados, en representación de un grupo de víctimas de las Farc, a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), en la que se pide que se reabra el examen sobre Colombia por los crímenes de lesa humanidad cometidos por exmiembros de las Farc que firmaron el acuerdo de paz con el Gobierno de Juan Manuel Santos en 2016.

Mientras se define la reducción de su presupuesto, la JEP formalizó sanción contra excomandantes de las Farc por secuestro

Según argumentan, en el régimen de sanciones del Macrocaso 01 establecido por la JEP podría no constituir una respuesta penal efectiva.

La solicitud se presenta luego de que el tribunal internacional cerrara la investigación por estos hechos en 2021, argumentando que desde esa fecha hasta hoy se han conocido nuevos detalles y se han establecido responsabilidades, como las sanciones y penas que impuso la JEP contra el antiguo secretariado de esa guerrilla, cuyos integrantes aceptaron su responsabilidad en 21.396 hechos victimizantes relacionados con secuestros, crímenes de guerra y de lesa humanidad, por los que fueron declarados penalmente responsables.

En ese sentido, la solicitud argumenta que habría tres problemas fundamentales con las penas que impuso la JEP y, por eso, consideran que se debería reabrir la investigación, pues las sanciones establecidas podrían no ser efectivas para la reparación a las víctimas.

Uno de los nuevos hechos que se detalla en la solicitud es que el antiguo secretariado ya fue condenado por esa responsabilidad. Rodrigo Londoño Echeverri (Timochenko) y Pablo Catatumbo recibieron una pena de 8 años; Jaime Alberto Parra Rodríguez (El Médico), de 7 años, 10 meses y 2 días; Milton de Jesús Toncel Redondo (Joaquín Gómez), de 7 años, 8 meses y 25 días; Pastor Alape, de 6 años, 11 meses y 22 días; Julián Gallo, de 6 años; y Rodrigo Granda, de 5 años.

Los abogados pidieron tener en cuenta las sanciones establecidas por la JEP en estos casos. Foto: SEMANA

Asimismo, alertan que, si llega a haber incumplimientos, eso no afectaría sus sanciones. Entre las faltas se encuentra que puedan abandonar temporalmente las actividades, realizar desplazamientos sin autorización o incumplir reiteradamente restricciones de horario o territoriales.

Otro punto sobre el que alertan ante la CPI es que la Sección de Apelación de la JEP eliminó el “impacto transformador y efecto reparador” de los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador o Restaurador (TOAR) como un elemento para verificar las sanciones y estableció que esto se verificará en kilómetros de vías mejoradas, hectáreas restauradas, árboles plantados, áreas demarcadas, documentos elaborados, testimonios transcritos y piezas comunicativas.

Y también se alerta sobre la posibilidad de que se reduzca la pena, pues se habla de un “descuento de dos por uno”, por lo que computaría un día de sanción por dos de trabajo.