La decisión de la Corte Constitucional de suspender de manera provisional los efectos de los decretos expedidos en el marco de la emergencia económica decretada por el Gobierno nacional dejó en pausa un paquete de nuevos impuestos que impactaban directamente a millones de colombianos, entre ellos los relacionados con licores, juegos de azar y el impuesto al patrimonio.
Mientras el alto tribunal toma una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la medida, los tributos creados al amparo de ese estado de excepción no producirán efectos.
El decreto contemplaba la aplicación del IVA del 19 % a licores, vinos y aperitivos, manteniendo la cesión de cinco puntos porcentuales de ese impuesto a favor de los departamentos. Esta medida implicaba un cambio frente al esquema tributario vigente y, con la decisión de la Corte Constitucional, queda suspendida y no puede ser aplicada mientras se estudia el fondo del caso.
El mismo decreto establecía la aplicación del IVA del 19 % a los juegos de suerte y azar operados por internet, tanto para operadores nacionales como extranjeros, calculado sobre el ingreso bruto del juego. Con la decisión de la Corte Constitucional, esa disposición también queda suspendida y no puede ser aplicada mientras se resuelve el estudio de fondo.
El impuesto al patrimonio es otro de los tributos que quedan en pausa. El Decreto 1474 reactivaba este gravamen para personas naturales y jurídicas con un patrimonio líquido igual o superior a 40.000 UVT al primero de enero de 2026, con tarifas progresivas de hasta el 5%, dependiendo del monto. Con la suspensión provisional, ese impuesto no puede ser exigido mientras la Corte no adopte una decisión definitiva.
Además, el decreto incluía otras medidas que también quedan sin aplicación, como la limitación a la exclusión del IVA en importaciones por tráfico postal y envíos urgentes, una sobretasa al impuesto de renta del sector financiero, la ampliación del impuesto nacional al consumo y la creación de un impuesto especial sobre la extracción de hidrocarburos y carbón. Todo ese paquete tributario queda, por ahora, sin efectos jurídicos.
La Corte Constitucional fue clara en señalar que, como consecuencia del Auto 082 del 29 de enero de este año, el Decreto Legislativo 1474 “no producirá efectos” desde la fecha de la providencia y hasta que se profiera una decisión definitiva sobre su constitucionalidad.
El estudio de la emergencia económica está a cargo del magistrado Carlos Camargo, quien en su ponencia sostuvo que la suspensión provisional era necesaria para evitar la consolidación de efectos que podrían resultar contrarios a la Constitución.