En las últimas horas, el Gobierno de Abelardo De La Espriella decidió derogar la resolución que prohibía la aspersión aérea con glifosato en narcocultivos, la cual estaba vigente desde 2015.

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La decisión ahora habilita la posibilidad de recurrir a este mecanismo de erradicación. Sin embargo, esto no quiere decir que se reactive desde ahora la aspersión de manera inmediata, sino que antes deberán surtirse varios procesos.

La derogatoria abre nuevamente la puerta al uso de glifosato mediante aspersión aérea, aunque su aplicación no podrá comenzar de manera inmediata. Foto: Guillermo Torres / Semana

La resolución que fue derogada fue la número 6 de 2016, proferida por el Consejo Nacional de Estupefacientes. La normativa estableció que la entidad, en aplicación del principio de precaución, prohibió su uso en las operaciones de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea (PECIG) en todo el territorio nacional.

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“A raíz de esta decisión, el Consejo Nacional de Estupefacientes deberá estudiar nuevas estrategias alternativas que permitan al Estado colombiano atender la recomendación del Ministerio de Salud y la Protección Social con fundamento en los presupuestos del principio de precaución, pero sin menoscabo del patrimonio y la seguridad nacional en materia de lucha contra las drogas”, detalló la norma.

El Gobierno levantó la prohibición vigente desde 2015 sobre la aspersión aérea con glifosato y estableció varios pasos previos para su eventual reactivación. Foto: Guillermo Torres / Semana

¿Qué cambia con la decisión del Gobierno?

Es importante tener en cuenta que la nueva derogatoria no plantea una reanudación automática ni autoriza la ejecución de actividad alguna de aspersión desde aeronave tripulada. Lo que se plantea son dos medidas iniciales.

La primera es la expedición, por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, de un plan de manejo ambiental general vigente para la actividad de aspersión aérea, tramitado en cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia T-413 de 2021.

La posible reactivación de la aspersión con glifosato dependerá, entre otros requisitos, de un nuevo plan de manejo ambiental y del proceso de consulta previa con comunidades étnicas. Foto: Getty Images / aviation-images.com

También se propone agotar el proceso de consulta previa con las comunidades étnicas de los núcleos de operación definidos para el programa, en los términos del Convenio 169 de la OIT, adoptado mediante la Ley 21 de 1991, y conforme a los lineamientos de la Sentencia T-413 de 2021.