El sistema de salud colombiano pasa por una crisis que cada vez se agudiza más y que ha dejado a los pacientes en vilo. Esto, dado que los servicios de urgencias, atención prioritaria y también la entrega de medicamentos se han retrasado y, consigo, han ocasionado un deterioro en la salud de millones.

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Tras esta situación, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió recientemente la Circular Externa 017 de 2026, con la que la EPS y demás actores del sistema deberán garantizar que los pacientes reciban sus medicamentos completos y a tiempo, sin que los problemas entre entidades afecten sus tratamientos.

Esta medida corresponde directamente a las quejas por demoras, entregas incompletas y la falta de disponibilidad de medicamentos en distintas regiones del país.

Las EPS deberán garantizar entregas domiciliarias de medicamentos en máximo 48 horas. Foto: Afidro

“El Gobierno busca proteger especialmente a pacientes con enfermedades crónicas, niños y personas en condición de vulnerabilidad, garantizando la continuidad de los tratamientos y el derecho a la salud”, precisa la cartera.

Son varias las decisiones que tomó la cartera con respecto al sistema, estas son algunas:

Obligan a las EPS a contar con redes suficientes de gestores farmacéuticos y mecanismos alternos de dispensación para responder ante contingencias o fallas en la entrega de medicamentos.

Además, les imponen fortalecer el mecanismo de entrega domiciliaria cuando se generen pendientes en la dispensación, garantizando que los medicamentos sean entregados en un plazo no mayor a 48 horas.

Por otro lado, quedan con la exigencia de garantizar pluralidad de oferentes para los medicamentos a su cargo. En los casos en que exista un único oferente en el mercado, las entidades deberán contar con planes de mitigación frente a eventuales interrupciones o salidas del mercado, mediante el mecanismo de importación de medicamentos vitales no disponibles, conforme a lo establecido en la Circular Externa 027 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social y el Auto 525 de 2025 de la Corte Constitucional.

El Gobierno busca frenar las demoras y el desabastecimiento de medicamentos en el país Foto: David Amado

También exigen mantener un flujo oportuno y transparente de recursos hacia gestores farmacéuticos y proveedores, evitando retrasos injustificados que puedan afectar la continuidad de la atención.

Asimismo, tienen la obligación de reportar situaciones de escasez o desabastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos al Sistema de Monitoreo del Abastecimiento dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Finalmente, hace un llamado a las entidades territoriales para recibir denuncias o quejas de la población en casos de no entrega parcial o total de medicamentos, con el fin de facilitar las acciones de inspección, vigilancia y control.

Pacientes podrán denunciar retrasos o falta de entrega de medicamentos ante las autoridades. Foto: Montaje El País / Andrea Moreno