El Ministerio de Salud y Protección Social expidió en las últimas horas la circular 0028 de 2026, en la que establece una serie de instrucciones a los actores del sistema de salud para garantizar la atención en los territorios afectados por el terremoto de magnitud 7,4 que se registró el pasado lunes 10 de agosto, en el marco de la declaratoria de situación de desastre nacional.

En el texto se señala que las EPS deberán garantizar la “disponibilidad y continuidad de sus redes de prestación de servicios, monitorear permanentemente su capacidad y realizar las ampliaciones, reconfiguraciones o sustituciones que sean necesarias. También deberán mantener canales de contingencia e informar oportunamente cualquier modificación en las rutas, redes o puntos de atención”.

A su vez, se debe priorizar “la continuidad de la atención de pacientes con enfermedades crónicas o de alto costo, gestantes, adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes y personas con tratamientos en curso”.

Rodrigo Lara defiende a Ana María Vesga y dice por qué Petro tiene “miedo” de su nombramiento: “Esa es la verdad”

“Se resalta que las EPS deberán garantizar el acceso a medicamentos y tecnologías en salud, incluidos aquellos que se hayan perdido o destruido por el desastre y los previamente autorizados y pendientes de entrega, sin imponer barreras administrativas”, subraya el documento.

Las medidas planteadas por el Ministerio también cobijan a las personas que se encuentren temporalmente desplazadas de su lugar de residencia como consecuencia de la emergencia. “Para garantizar su atención, podrán implementarse estrategias como consulta prioritaria, atención en salud mental, telemedicina, vehículos asistenciales y atención extramural, de acuerdo con las necesidades de cada territorio”, agrega el texto.

Ana María Vesga, ministra de Salud. Foto: SEMANA

Frente a las reclamaciones derivadas del evento catastrófico, la circular establece que podrán presentarse ante la Adres solicitudes “para el reconocimiento de servicios de salud, gastos de transporte al centro asistencial, indemnización por muerte y gastos funerarios e incapacidad permanente. Para los servicios de salud, la ADRES emitirá el certificado de reconocimiento hasta por $36.749.788,32; cuando se supere este monto, la EPS deberá asumir el reconocimiento y pago correspondiente”.

Sindy Pahola Pulgarín Madrigal, nueva directora del Invima

El Ministerio, además, recordó que es responsabilidad de la EPS garantizar “la continuidad en la atención de aquellos pacientes que al momento de la ocurrencia del sismo se encontraban internados en una Institución Prestadora de Servicios de Salud cuya infraestructura se vio afectada y que por esta razón debieron ser remitidos a otro centro asistencial”.

“La Superintendencia Nacional de Salud priorizará la vigilancia frente a barreras de acceso, negaciones o demoras en la atención, interrupciones de tratamientos, fallas en las redes de prestación y remisiones no resueltas oportunamente. Con estas disposiciones, el Ministerio busca garantizar que la emergencia no interrumpa tratamientos ni genere nuevas barreras para el acceso de la población a los servicios de salud”, concluyó la entidad.