Para muchos ciudadanos del país, tener una vivienda o comprar un apartamento trae varias ventajas, ya sea el simplemente tener un techo para descansar o acceder a varios servicios como el parqueadero. Este espacio es vital para los dueños de estas unidades, ya que permite que el coche tenga una zona para cuidarlo.
No obstante, en el país existen unas dudas sobre estos lugares, donde varias personas se preguntan si las administraciones o asambleas de sus conjuntos residenciales tienen la autorización de retirarles el derecho a utilizar un estacionamiento.
¿Qué menciona la ley colombiana?
Para poder conocer si el uso de un parqueadero puede ser retirado, se debe tener en cuenta varios aspectos, entre ellos si el espacio es privado, comunal o es de uso exclusivo.
Estos casos se encuentran regulados por la Ley 675 de 2001, también conocida como la Ley de Propiedad Horizontal, la cual se encarga de regular los edificios y conjuntos que combinan propiedades privadas y áreas comunes.
Es por medio de este modelo que cada propietario es el dueño de su casa o apartamento, pero a la vez comparte espacios como zonas comunes, salones sociales, parques, pasillos y parqueaderos.
Esto quiere decir que las decisiones, de acuerdo a la ley, son colectivas, las cuales deben ser regidas por un reglamento interno que fue aprobado por la asamblea de copropietarios.
¿Cuáles son los casos en los que se puede quitar un parqueadero en Colombia?
Según lo establecido en la ley, si existe un parqueadero que cuenta con una matrícula inmobiliaria independiente y está escriturado a nombre de su dueño, es considerado un bien privado.
Por ende, la administración donde reside no puede retirar el carro ni suspender el uso de este de forma arbitraria, ya que se respeta lo que menciona la ley.
Sin embargo, si el carro se encuentra utilizando un parqueadero que es de uso común, cambia el tema, ya que estos espacios están diseñados para ser utilizados por turnos, por sorteo o por autorizaciones temporales de las administraciones que podrán reorganizarlo de acuerdo a lo establecido en el reglamento.
Además, es posible que se pueda imponer una sanción o restricción en caso de que se estén incumpliendo las normas del conjunto, pero esto se puede realizar por medio de un proceso formal en donde esté asegurado el derecho de defensa del ocupante.
En otras palabras, si un parqueadero de conjunto o casa es privado, significa que está protegido y no podrá ser sacado de su espacio. En cambio, si es comunal o de uso compartido, la asignación podría cambiar acorde a las decisiones que tome la copropiedad.