Con la llegada de varias alternativas de transporte sostenible en Colombia, muchos ciudadanos comienzan a movilizarse hacia sus destinos por medio de las bicicletas y patinetas eléctricas, convirtiéndose en mejores opciones para circular más fluido por calles y vías que se destacan principalmente por su congestionamiento vehicular.

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Dentro de sus mayores ventajas que traen esta clase de vehículos es que no tienen las mismas condiciones que los carros y motos, al no mostrar la necesidad de comprar un SOAT ni tener que realizar un curso previo para la licencia de conducción.

No obstante, entidades de transporte, con el objetivo de prevenir y reducir accidentes viales en los que estén involucradas las patinetas y bicicletas eléctricas, buscan implementar nuevas medidas de seguridad.

Entre ellas se encuentra el Ministerio de Transporte, el cual acaba de publicar su más reciente versión para regular los vehículos de micromovilidad y eléctricos livianos, en donde su potencia nominal no supere los 1.000 W.

Las bicicletas y patinetas eléctricas tendrían nuevas exigencias técnicas y de circulación con el proyecto del Ministerio de Transporte. Foto: guillermo torres-semana

Cabe aclarar que el documento aún se encuentra en consulta pública y no está exento de seguir teniendo modificaciones antes de una posible aprobación definitiva.

Estos serían los nuevos cambios de reglas para las patinetas y bicicletas eléctricas en Colombia

De acuerdo con lo escrito en la Ley 2486 de 2025, una de las mayores novedades será la creación de una lámina de identificación con los datos básicos del vehículo, en otras palabras, una especie de “placa” que comenzaría a ser una obligación a partir del 1 de enero de 2027.

Aquellos vehículos nuevos tendrán esta lámina instalada desde fábrica. No obstante, aquellas unidades que ya se encuentren movilizándose por las calles del país tendrán la obligación de aplicarlas por su cuenta.

Otra de las reglas establecidas en el decreto del Ministerio de Transporte es el uso obligatorio de un casco de seguridad que haya sido certificado, al igual que portar un chaleco o prendas reflectivas durante la noche, entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.

Entre las medidas propuestas se encuentran nuevos requisitos de seguridad y restricciones de circulación para los vehículos de micromovilidad. Foto: Getty Images

Refiriéndose a la parte técnica, las patinetas y bicicletas eléctricas tendrán que contar con frenos delanteros y traseros, además de luces, elementos reflectivos y una señal acústica que permita advertir la presencia del vehículo en la vía.

Dentro de las prohibiciones, no se permite que las patinetas y bicicletas eléctricas circulen por andenes, puentes peatonales y carreteras nacionales o vías cuya velocidad máxima sea de 80 kilómetros por hora, a menos que haya una zona exclusiva para bicicletas.

En la circulación de ciclovías, la velocidad que va a ser permitida será de 25 kilómetros por hora. Sin embargo, las autoridades locales podrán tomar la decisión de restringir el paso por estas zonas, ya sea por razones de seguridad vial, operativas, etc.