En esta sección, en la edición 2040, publicamos la nota Estrategia aplazar, en cuyo contenido hicimos alusión a que la audiencia de preclusión del proceso de Álvaro Uribe no había podido adelantarse por maniobras dilatorias de la contraparte. Sobre el particular, Publicaciones Semana S.A, en rectificación, aclara: 1. Las actividades realizadas por Iván Cepeda Castro y el abogado Reynaldo Villalba para intentar incluir como víctimas a la esposa de Monsalve y al periodista Gonzalo Guillén, y de Miguel Ángel del Río como apoderado de Deyanira Gómez, corresponden al libre ejercicio profesional a favor de sus representados y no constituyen maniobras dilatorias como se dijo. 2. En cuanto a la versión de las tutelas, no se trata de la interposición de una doble tutela, sino que se debió a la ausencia de poder por parte de la señora Deyanira Gómez y no a que esta hubiera sido resuelta de fondo previamente de manera desfavorable al accionante, obedeciendo así a razones formales y no a una resolución de fondo del objeto de dicha acción.
CONFIDENCIALES
Caso Uribe II (rectificación)
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4 de septiembre de 2021 a las 2:08 a. m.
