Economía

Qué implica la derogación de 11 circulares del Ministerio de Trabajo: esto cambia para las empresas

La derogatoria de 11 circulares laborales genera dudas entre trabajadores y empresarios, especialmente sobre las obligaciones y procedimientos que estaban contemplados en esos documentos.

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24 de agosto de 2026 a las 11:45 a. m.
El trabajo doméstico remunerado tendrá cambios en las labores de inspección, pues los funcionarios del Ministerio del Trabajo no podrán ingresar a un domicilio sin autorización o consentimiento previo.
El trabajo doméstico remunerado tendrá cambios en las labores de inspección, pues los funcionarios del Ministerio del Trabajo no podrán ingresar a un domicilio sin autorización o consentimiento previo. Foto: Getty Images/iStockphoto

Hace algunos días, el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución 2708 de 2026, a través de la cual derogó y dejó sin efectos 11 circulares expedidas entre 2025 y 2026 sobre distintos temas laborales. Tras la medida, miles de trabajadores y empresarios quedaron con varias dudas respecto a los alcances de la derogatoria.

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El Ministerio del Trabajo derogó 11 circulares expedidas entre 2025 y 2026, relacionadas con temas como reforma laboral, horas extras, libertad sindical, trabajo doméstico y plataformas digitales. Foto: Adobe Stock

Lo más importante es entender cuáles fueron las circulares derogadas. Estos son los 11 documentos:

  • Circular 0031 del 17 de marzo de 2026: relacionada con equidad de género y corresponsabilidad social.
  • Circular 0032 del 25 de marzo de 2026: sobre libertad sindical, permisos sindicales y cumplimiento de acuerdos y convenciones colectivas.
  • Circular 0040 del 16 de abril de 2026: orientación sobre trabajo suplementario y registro de horas extras para el sector de la vigilancia.
  • Circular 0048 del 22 de mayo de 2026: guía explicativa sobre los cambios introducidos por la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) en relación con el debido proceso disciplinario y la terminación del contrato con justa causa.
  • Circular 0049 del 22 de mayo de 2026: trámite de autorización de terminación del contrato de trabajo de personas amparadas por la estabilidad laboral reforzada por discapacidad o condiciones de salud.
  • Circular 0057 del 6 de julio de 2026: sobre los principios de la reforma laboral y las modalidades contractuales.
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  • Circular 0086 del 29 de julio de 2026: lineamientos de inspección, vigilancia y control aplicables al trabajo mediante plataformas digitales de reparto.
  • Circular 0088 del 29 de julio de 2026: conformación del pliego único de solicitudes e integración de la comisión negociadora sindical.
  • Circular 0089 del 29 de julio de 2026: lineamientos de inspección, vigilancia y control para el trabajo doméstico remunerado.
  • Circular 0101 del 22 de septiembre de 2025: aplicación de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) en relación con la jornada máxima, el trabajo doméstico, la remuneración a destajo, el registro y control de horas extras, los límites del trabajo suplementario y la remuneración del trabajo en día de descanso obligatorio.
  • Circular 0120 del 22 de septiembre de 2025: trámite de autorización de terminación del vínculo de trabajadores con estabilidad laboral u ocupacional reforzada.
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El Ministerio del Trabajo revisará los protocolos para las plataformas digitales de reparto, con el objetivo de adecuarlos a las competencias establecidas por la ley y evitar cargas u obligaciones no previstas. Foto: Getty Images

La cartera indicó que la razón de la derogatoria es, principalmente, la extralimitación de competencias en la definición y/o reglamentación de materias a través de dichas circulares.

De acuerdo con Scola Abogados, la derogatoria y pérdida de efectos de estos documentos opera hacia el futuro, por lo que estas circulares no podrán ser tenidas en cuenta como fundamento para crear o extinguir obligaciones, requisitos, cargas probatorias, procedimientos ni criterios sancionatorios.

Esto es lo que implican cada una de las decisiones:

El primero es el trabajo doméstico remunerado, pues ahora los inspectores del Ministerio del Trabajo deberán abstenerse de ingresar a un domicilio sin autorización ni consentimiento previo.

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Además, ante la evidencia de riesgo para la seguridad de una persona trabajadora, se deberán activar los mecanismos legales a través de la Policía Nacional y la Fiscalía. También se establecerá una ruta interna transitoria para la activación y coordinación con las autoridades.

De otro lado, también se presentaron cambios relacionados con la libertad sindical y la negociación colectiva, pues se continuarán aplicando las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y jurisprudenciales ya existentes. También se anunció la emisión de un nuevo instrumento idóneo para la regulación.

Respecto a las plataformas de reparto, se detalló que se iniciará la revisión y adecuación del protocolo de inspección aplicable y se emitirá un protocolo interno para la verificación de la organización y el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio, con el fin de evitar presunciones, declaraciones de derechos individuales o cargas y consecuencias autónomas no previstas en la ley.

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La libertad sindical y la negociación colectiva continuarán regidas por las normas vigentes, mientras el Ministerio del Trabajo prepara un nuevo instrumento para abordar estas materias. Foto: Anadolu Agency via Getty Images

Finalmente, se realizará una revisión integral de las disposiciones vigentes aplicables a la reducción de la jornada y a las modalidades de remuneración, para verificar si existe la necesidad de emitir algún instrumento al respecto.