El Decreto 1949 expedido el jueves y que reglamenta la medida amparada por el estado de conmoción interior, determina esta forma de pago para facilidad de los contribuyentes.
El primer pago será entre el 23 y el 27 de septiembre. El segundo entre el primero y el 8 de noviembre, el tercero entre el tres y el siete de febrero del 2003 y la cuarta entre el 3 y el 9 de junio del 2003.
Están libres de pagar el tributo, las empresas que se encuentren en proceso de liquidación o concordato, o que hayan suscrito el acuerdo de restructuración.
Tampoco pagarán las empresas de servicio público domiciliario que estén intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos.
Nación
En cuatro cuotas se pagará impuesto sobre el patrimonio
Viernes 30, 8:15 horas. Las personas naturales y las empresas que deben pagar el impuesto del 1,2 por ciento sobre el patrimonio, podrán pagar cuatro cuotas iguales a partir de septiembre hasta junio de 2003.
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25 de agosto de 2002 a las 7:00 p. m.