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El viernes pasado el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó a Petro una tutela clave pues, a diferencia de las casi 1.000 que presentaron sus seguidores, esta la interpuso él mismo . | Foto: Ignacio Prieto

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Petro: ¡No más balcón!

Señor alcalde: por favor deje que la Justicia actúe sin meterle populismo. Los bogotanos están dispuestos a aceptar el veredicto final, sea cual sea.

18 de enero de 2014

El alcalde Gustavo Petro ha puesto en marcha una maquinaria jurídica de proporciones nunca antes vistas para neutralizar la destitución que le impuso la Procuraduría. El 12 de diciembre, cerca de 800 personas se reunieron en los juzgados de la carrera Décima con calle 14 de Bogotá para interponer tutelas contra ese fallo. Lo hicieron por invitación de un grupo de ciudadanos que se creó para esa causa con el nombre de Comité Nacional de Defensa de la Democracia. Tenían un formato para que los petristas que quisieran participar solo tuvieran que poner su nombre, su cédula y su lugar de residencia. El resto lo manejaba el comité.

En el texto de la tutela se proponía suspender la decisión del procurador con el argumento de que esta entrañaba una supuesta violación de los derechos políticos de quien había votado por el alcalde. En otras palabras, si ‘Pedro Pérez’ o cualquier otro bogotano eligió con su voto a Gustavo Petro, la destitución de este por parte de la Procuraduría significaba que le quitaban el derecho político a que se cumpliera su mandato como elector. Todas esas tutelas por lo tanto eran presentadas entonces como una protesta de bogotanos individuales, quienes simplemente exigían la restitución del derecho expresado en las urnas que les habían quitado.

Una de esas tutelas fue la que llegó a manos del magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca José María Armenta, quien acogió los argumentos del demandante y suspendió la destitución. Hasta ahí iba ganando Petro, pero todo cambió el viernes pasado cuando una segunda tutela fue resuelta en ese mismo tribunal a favor del procurador y en contra de Petro. Ninguna de las dos es todavía la última palabra, pero como se han presentado casi 1.000 y algunas de estas llegarán al Consejo de Estado y luego a la Corte Constitucional, el proceso va para largo. Todo esto retrasará considerablemente el desenlace final de esta telenovela, que si bien fue la obsesión de los colombianos durante algunas semanas, ya los está comenzando a cansar. Pero lo que es un hecho es que la estrategia del alcalde aún no está enterrada, pues no es imposible que la meta que se buscaba desde un principio, la de que Petro se deje contar en la revocatoria, se pueda cumplir.

El hombre detrás de esta ingeniosa estrategia se llama José Cuesta y tiene antecedentes exitosos en materia de manejo de imagen a lo Chávez. Fue él quien bautizó ‘tutelatón’ a la lluvia de tutelas que impulsó y quien desde ese momento comenzó a tildar de “golpe de Estado contra la democracia” la decisión de la Procuraduría. Cuesta es conocido como el hombre que trajo por primera vez a Hugo Chávez a Bogotá en 1994. El recuerdo de esa visita de ocho días es una fotografía en el puente de Boyacá, en la que aparecen Chávez, Petro y Cuesta al lado de la estatua del libertador Simón Bolívar. Tras la muerte de su ídolo, escribió un sentido artículo en el cual manifestaba: “Quién iba a creer que el coronel Chávez, como le digo, iba a dejar una huella tan profunda en Latinoamérica y que hoy yo estaría en duelo por su pronta partida a raíz de un cáncer que pudo prevenirse (…) Hoy, acongojado por su muerte, y a punto de viajar a Caracas para asistir a su sepelio, estoy más convencido que nunca de que es un hombre que ya entró en el mundo de la gloria”. En materia de estrategas de opinión, si Santos tiene a su J. J. Rendón, Petro tiene a su José Cuesta.

Las tutelas llegaron a prácticamente a todos los tribunales de Bogotá y del país. La idea era algo parecido a pescar con atarraya, para ver cuál pez caía. O si se quiere, una operación avispa, en la que se lanzan varios a ver cuál llega a la meta.

Todo lo anterior, si bien no tiene antecedentes, no es ilegal. Pero lo que sí puede constituir una falta disciplinaria es la utilización que está haciendo el alcalde del poder de su cargo para avanzar en su causa. Por eso es que sería conveniente que Petro bajara la guardia en su agitación de masas y dejaran que la Justicia siga su curso y llegue a sus conclusiones. Esto no solo le conviene al proceso sino que le puede convenir al propio alcalde, pues su conducta reciente ha dejado entrever para terror de muchos lo que podría ser el talante de un gobierno suyo.

En términos de sus propios intereses, esos excesos pueden llegar a ser contraproducentes y no traducirse en la victoria segura que los seguidores del burgomaestre anticipan en la revocatoria. Se ha polarizado tanto no solo la capital sino el país alrededor de este caso, que no es imposible que se logre el umbral del 1.200.000 votos que se necesitan para que ese mecanismo tenga efecto. Para ganar o perder la revocatoria, se necesita que uno de los dos bandos ponga más del 50 por ciento de esa cifra, es decir algo más de 600.000 votos. Está tan polarizada la ciudad que no se sabe quién tiene más fuerza electoral, si los petristas indignados o los antipetristas indignados. La ventaja que tiene el alcalde en la eventualidad de que esto llegue a las urnas es que la maquinaria del Distrito es una fuerza poderosa, mientras que el antipetrismo no es más que un voto de opinión huérfano de intermediarios que lo lleven a las urnas.

La polarización alrededor de la destitución del alcalde ha sido tan grande que ha producido fenómenos no anticipables en la Justicia. Las primeras tutelas habían sido rechazadas en diciembre por varios magistrados del Tribunal Superior de Bogotá y por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Estos se amparaban en la jurisprudencia de la Corte Constitucional en el sentido en que el procurador sí tiene la facultad legal de destituir a un funcionario elegido por voto popular, pues la Constitución así lo consagra. Por eso, a pesar de las controversia, las destituciones impuestas por la Procuraduría tanto a Piedad Córdoba como al exalcalde de Medellín Alonso Salazar fueron ratificadas por la rama Judicial.

Sin embargo, la operación avispa de José Cuesta ha dado sus frutos y ha puesto patas arriba lo que antes se consideraba un asunto definido. El primer cañonazo lo dio el magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, José Armenta, quien llegó de vacaciones y de inmediato pidió suspender la destitución de Petro mientras que el Tribunal toma una decisión de fondo sobre el tema. Esto no es común. El magistrado tenía diez días para fallar y es evidente que decidió anticiparse con ‘medidas cautelares’ para evitar que el presidente pudiera rápidamente ratificar la decisión del procurador.

Pero si bien Petro ganó una batalla, todavía no ha ganado la guerra. Al cierre de esta edición se conoció que en el caso de una segunda tutela, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en el sentido contrario al de Armenta. El tribunal acogió el concepto de la Corte Constitucional en el sentido de que el procurador sí tiene la facultad de destituir funcionarios elegidos por voto popular. Esa tutela es muy significativa pues podría ser considerada la madre de todas las tutelas. La presentó el alcalde Petro a título personal, representado por su abogado Julio César Ortiz, antes de la avalancha de tutelas coordinadas por Cuesta. Al negársela a él en forma categórica se está creando un precedente que va a tener peso en casos posteriores.

El problema es que el caso Petro ha caído en manos de una Justicia muy politizada. Aunque es difícil probarlo, si el juez al que le cae la tutela es de derecha es de anticiparse que fallaría en contra de Petro, y si es de izquierda, a favor. Por eso es que la polémica se ha centrado en torno a José María Armenta, un magistrado del tribunal de bajo perfil, pero de trayectoria controvertida. Aunque no se sabe cuál es su tendencia ideológica, lo que sí se ha podido establecer es que su esposa es directiva del acueducto desde 2012 y que él no se declaró impedido por esto. Por otro lado, el magistrado había sido destituido del Tribunal Administrativo de La Guajira y por una tutela fue reintegrado a la rama. Su restitución fue considerada algo escandalosa por el Consejo Superior de la Judicatura, a tal punto que su presidente apeló el caso en contra de él. 

No menos polémico ha sido el contenido del auto de suspensión proferido por él la semana pasada. La Silla Vacía lo analizó y la conclusión es que deja mucho que desear desde el punto de vista jurídico por las siguientes razones: 1) La tutela no la interpuso Petro sino otra persona (de hecho un contratista del Distrito), pero el magistrado Armenta en su argumentación no tuteló los derechos del accionante como elector, que era lo que le correspondía, sino los de Petro como elegido. 2) El juez solicita una medida provisional mientras estudia el fondo del asunto, pero el contenido de su providencia se concentra en los aspectos de fondo como si ya estuviera fallando la tutela. 3) Aunque la ley le permite a Armenta como magistrado individualmente suspender un fallo, la costumbre es que una medida de esta naturaleza sea una decisión colectiva de la sala. 4) La providencia de Armenta alega que el procurador violó la Convención Interamericana que estipula que un funcionario elegido por voto popular solo puede ser destituido por un juez y no por un órgano de control. Sin embargo, la Constitución colombiana le otorga explícitamente al procurador esa facultad y la Corte Constitucional, frente a estas dos jurisprudencias contradictorias, siempre ha fallado a favor de la legislación nacional. Así lo hizo recientemente para validar el fallo de Ordóñez contra la entonces senadora Piedad Córdoba. Sin embargo, Armenta, para reforzar su argumento invoca no el fallo de la corte, sino el salvamento de voto del magistrado disidente, Luis Ernesto Vargas. Exprocuradores como Carlos Gustavo Arrieta y Jaime Bernal Cuéllar cuestionaron públicamente la decisión del magistrado, ratificando que el Procurador sí se ajustaba a la ley cuando aplicaba esa sanción.

La decisión del magistrado Armenta puede tener todas las flaquezas jurídicas, pero tuvo un impacto significativo en el caso. Le dio un respiro al alcalde en momentos en que la ratificación del Procurador hacía parecer inminente su salida. El rechazo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca a la segunda tutela fue un baldado de agua fría en esos momentos de felicidad. Parecería que si bien el tribunal puede estar dividido, la mayoría comparte la jurisprudencia de la Corte Constitucional en el sentido de que el procurador actuó dentro de la legalidad.

Este ping-pong de tesis enfrentadas le ha mandado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos un mensaje clarísimo: en Colombia los derechos del alcalde están protegidos y las instancias jurídicas sí operan en forma independiente. Este mensaje curiosamente llegó en momentos en que según fuentes bien informadas de Washington, la Comisión iba a otorgarle a Petro las medidas cautelares que había solicitado para suspender su destitución. Como el magistrado Armenta se anticipó a esa suspensión, esa comisión tuvo que abstenerse de actuar pues su papel solo le permite intervenir cuando la Justicia local no funciona.

En todo caso lo que llama la atención de esta historia es la falta de coherencia de todos sus protagonistas. Petro, quien había sido el abanderado del Estado de derecho frente al Estado de opinión de Álvaro Uribe, está jugándole a lo segundo con más vehemencia que el propio expresidente. Su apelación directa al pueblo en estilo gaitanista no es más que un recurso para neutralizar un fallo disciplinario con una supuesta opinión mayoritaria. Con este viraje estaría desconociendo las reglas de juego que él mismo creó porque no solo fue uno de los promotores de la elección del procurador, sino que aprobó la reforma del código disciplinario que hoy cae en su contra. También tiene algo de incoherencia el hecho de que le parezca indignante una destitución por parte de la Procuraduría cuando él fue el que más presionó al procurador para que destituyera a Samuel Moreno.

El procurador Alejandro Ordóñez tampoco sale muy bien parado de este episodio. Los errores gerenciales que cometió Petro podían encajar en dos fallas disciplinarias del código: las ‘graves’ y las ‘gravísimas’. Como no había un acto de corrupción personal, se podía esperar que la sanción al alcalde fuera la primera, la cual habría entrañado una suspensión de algunos meses sin acabar con su carrera y sin convertirlo en un mártir. A Bogotá le habría ido mejor que el limbo y el caos que está viviendo en la actualidad. Petro, como alcalde fracasado, aun habría podido tener juego como congresista, papel en que todo el mundo le reconoce un aporte constructivo. Ordóñez optó por calificar la falta como ‘gravísima’, lo cual automáticamente significa que la sanción debe ser destitución e inhabilidad de diez a 20 años.

El principal argumento para esa desproporción era que el cambio del manejo del sistema de basuras del sector privado al sector público “violaba el principio constitucional de la libre empresa”. Ese es un argumento traído de los cabellos, pues el eje del juego político en las democracias en el mundo contemporáneo es que estas definan cuánta debe ser la participación del Estado en la economía de un país. Si la izquierda no tuviera la posibilidad de alterar el statu quo, no tendría ningún sentido su participación en política. François Mitterrand, cuando llegó a la Presidencia de Francia, en 1981, decidió nacionalizar la banca. Esto creó un descalabro en la economía mucho más grave que el de las basuras de Petro y años después tuvo que ser reversado. Sin embargo, a nadie se le ocurrió que un presidente socialista no tenía derecho a hacer ese experimento, aunque después fracasó. El exceso del procurador consistió en interpretar que el hecho de que la Constitución de 1991 permitiera la gestión privada de los servicios públicos significaba que había prohibido su gestión por parte del Estado. Esto obviamente no tiene que ser así. Y fue ese exceso el que le permitió invocar la falta ‘gravísima’ que desembocó en la destitución.

¿Qué sigue? Como el registrador acaba de informar que la fecha de la revocatoria del 2 de marzo se mantiene, no es imposible que Petro pueda llegar a dejarse contar en las urnas ese día. Su operación avispa de cientos de tutelas, su lobby de perseguido político ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros recursos jurídicos lo pueden llegar a mantener vivo durante los 40 días que faltan para la revocatoria. No se sabe si esta la vaya a ganar o a perder, pues a pesar del linchamiento mediático que ha habido contra el procurador por su fallo, no todos los que están contra Ordóñez están con Petro. Son muchos los que creen que se cometió un exceso, pero aun así preferirían que el alcalde se fuera. Sin embargo, como se dijo anteriormente, la gran ventaja de los petristas es que tienen la poderosa maquinaria del Distrito, mientras que la oposición tiene que llegar a las urnas con voto de opinión.

En cuanto al presidente de la República, su posición no va a cambiar. Él no se va a dejar meter en el papel de juez de última instancia para dirimir el conflicto entre el procurador y el alcalde. Se va a limitar a dejar que el caso siga su curso en los estrados judiciales y, una vez definido, se limitará a ratificar la decisión final. El escenario más conflictivo sería que las apelaciones de Petro prolongaran el limbo actual hasta la fecha de la revocatoria, que el alcalde la ganara y que posteriormente la Justicia fallara a favor de su destitución. Nadie sabe qué pasaría en ese momento. Pero lo que sí se sabe es que, mientras se llega a un fallo definitivo, es necesario dejar que la Justicia actúe sin presiones populistas y que cuando se llegue a un punto final, sea cual sea, la mitad de los bogotanos que van a estar en desacuerdo tienen la obligación de acatarlo.