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Carlos Mattos y Gonzalo Guillén
Carlos Mattos y Gonzalo Guillén. | Foto: Archivo particular

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El periodista Gonzalo Guillén no fue reconocido como víctima en los procesos contra Carlos Mattos

El periodista aseguraba que su nombre y honra habían resultado afectados tras los señalamientos hechos durante la investigación contra el expresidente de Hyundai Colombia.

23 de mayo de 2022

En fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá rechazó la petición presentada por la defensa del periodista Gonzalo Guillén para ser reconocido como víctima dentro del proceso penal que se adelantó contra el empresario Carlos Mattos, por el pago de millonarios sobornos para resultar favorecido con en un litigio jurídico para seguir vendiendo vehículos de la marca coreana Hyundai en Colombia.

Tras revisar el recurso de apelación presentado por el representante de Gonzalo Guillén y la Fundación Nueva Prensa en contra de la decisión del juzgado 11 de conocimiento de Bogotá, el Tribunal consideró que, en efecto, no existen méritos para darle la categoría de víctima a Guillén.

En el fallo de nueve páginas se señala que nunca se demostró la relación entre los hechos por los que fue procesado Mattos con la labor periodística de Guillén, “(...) no guarda relación alguna con los hechos que originaron esta actuación, concretamente, con la entrega de un dinero a la Juez 16 Civil Municipal de Bogotá, con la finalidad de mantener unas medidas cautelares a su favor”.

La defensa de Guillén había manifestado que con el escrito de acusación presentado por la Fiscalía en contra de Mattos se le había calumniado, sin embargo, nunca demostró cómo se había afectado su buen nombre y honra, y mucho menos los hechos que le habían generado perjuicio o daño.

Igualmente, se señaló que en la petición hecha por el abogado de Guillén no se demostró “la relación de causalidad, ingrediente estructural para reconocer la calidad de víctima, entre esas afirmaciones y los hechos jurídicamente relevantes objeto de acusación dentro de este trámite”.

En otras palabras, Guillén y la Fundación Nueva Prensa no cumplieron los requisitos que exige la ley, pues no acreditó un daño real, concreto y específico a causa del delito de cohecho (por pago de sobornos) por el cual fue acusado Mattos por enviarle 100 millones de pesos en efectivo en el año 2016 a la jueza 16 civil municipal de Bogotá, Carmen Hernández Pérez, después que dejara en firme las medidas cautelares a favor de Hyundai Colombia Automotriz.

En ninguno de los apartes del reclamo de Guillén se constató el hecho que este soborno hubiera afectado su honra y buen nombre, o cuál fue el daño que sufrió con las acusaciones hechas por la Fiscalía General en contra del empresario.

De esta forma, Guillén tampoco será tenido en cuenta en el segundo proceso contra Mattos y en el cual ya aceptó, mediante un preacuerdo, su responsabilidad en el delito de cohecho, por el cual será condenado en los próximos días.

Recientemente, la Corte Suprema rechazó la petición hecha por Guillén para que fuera avalado como víctima dentro del proceso penal por el pago de millonarios sobornos a funcionarios de la Rama Judicial, para que la tutela que radicó fuera direccionada al despacho del juez sexto civil municipal de Bogotá, Reynaldo Huertas, quien en tiempo récord ―y previo recibimiento de un soborno― le entregó las medidas cautelares que le permitieron seguir vendiendo vehículos de Hyundai.

El pasado 10 de mayo, Mattos fue condenado a nueve años y cinco meses de prisión por su responsabilidad en el pago de sobornos. Sin embargo, su defensa no quedó satisfecha con el monto de la pena, al considerar que se omitió su colaboración con la justicia y el hecho que aceptó cargos.