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ENTREVISTA

Extradición por narcotráfico no es un deber: Leonidas Bustos

El presidente de la Corte Suprema considera que ese delito puede ser amnistiado. Así, se podría frenar la extradición de desmovilizados requeridos por otros países.

14 de octubre de 2015

La discusión por la concepción del narcotráfico como un delito político en el marco del conflicto no para. Unos lo consideran una bofetada a la sangrienta lucha de Colombia contra el tráfico de estupefacientes. Otros creen que es posible concebirlo como una de las actividades a fin a la rebelión, en la que incurren grupos que, como las FARC, pretenden derrocar el establecimiento. Entre quienes se unen a esta última tesis se cuenta el presidente de la Corte Suprema, Leonidas Bustos, quien ahora defiende la posibilidad de frenar la extradición de guerrilleros requeridos por este delito, ante un eventual acuerdo de paz.

“No existe un deber internacional de extraditar a los responsables por delitos de narcotráfico”, aseveró el magistrado, al aclarar su voto en un concepto en el cual la Sala Penal del alto tribunal autorizó el traslado a los Estados Unidos de un guerrillero investigado por tráfico de narcóticos. Está convencido que si ese delito es visto como conexo a la rebelión, es amnistiable, lo que impone el deber examinar las solicitudes de extradición de una manera distinta.

En su criterio, el no poner un freno a las extradiciones de insurgentes requeridos por la producción y comercialización de sustancias prohibidas sí podría implicar una violación al derecho internacional, si se logra la firma de un acuerdo de paz. En caso de que el pacto para lograr la reconciliación contenga una especie de perdón por la comisión de ese y otros delitos, advierte, el Estado sí tendría el deber de negarle a otros países la posibilidad de juzgar las conductas por las cuales nuestros nacionales –en este caso los exguerrilleros- terminan siendo amnistiados.

“(…) Internacionalmente no existe ninguna prohibición para amnistiar o indultar a los responsables por narcotráfico, en cambio, se puede afirmar con seguridad que, en el Derecho Internacional Público, la concesión de amnistías o indultos constituye una excepción al eventual compromiso de extraditar”, advirtió Bustos.

El destacado jurista reconoce que el narcotráfico puede ser un delito internacional, dado su carácter trasnacional y el alto impacto en el marco de las relaciones entre los estados, pero subraya que tampoco es un delito de lesa humanidad.

Para él, no se trata de una conducta que lesione gravemente los intereses comunes de la sociedad en su conjunto. Muy distinto piensan el procurador Alejandro Ordóñez y otros críticos del proceso de paz, quienes sí ven en el negocio de la droga del que participan las FARC una barrera para renunciar al juzgamiento de los guerrilleros que tuvieron parte en el sangriento negocio.

Si la posibilidad de considerar el narcotráfico como un delito político dejó tan insalvables brechas, qué pensar de esta tesis, que permitiría que integrantes de la subversión que participaron en la producción y tráfico de sustancias ilícitas no solo no sean juzgados por jueces nacionales, sino que no lo sean por ningún otro operador jurídico en ninguna parte del mundo.

La polémica está servida.