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Según el fallo, con ponencia de la magistrada Bertha Ramírez, la pensión de Urueta Ayola puede ser superior a los 18 millones de pesos. | Foto: Archivo SEMANA

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El enredo de las “megapensiones” para magistrados

La Corte Constitucional deberá dirimir la antigua pelea judicial en la que un fallo le otorgó a un exconsejero de Estado una pensión por encima de los 25 salarios mínimos.

11 de octubre de 2016

La Corte Constitucional comenzó una discusión clave que podría marcar el futuro de las “megapensiones” en Colombia. Se trata del caso del exconsejero de Estado Manuel Santiago Urueta, que reclama el pago de sus derechos pensionales, adquiridos desde el año de retiro, el 2003.

En el histórico fallo de la Corte Constitucional del 2013 se establecieron topes de 25 salarios mínimos en el pago de pensiones (casi 18 millones de pesos), sin embargo, en tribunales como el Consejo de Estado persisten dudas jurídicas que han derivado en duros choques de trenes.

En el caso del exmagistrado, fue el mismo Consejo de Estado el que inaplicó, en una sentencia del año 2011, los topes impuestos por la Corte Constitucional. Según el fallo, con ponencia de la magistrada Bertha Ramírez, la pensión de Urueta Ayola puede ser superior a 18 millones de pesos, teniendo en cuenta que le deben aplicar las normas pensionales para el año 2003, fecha en la que tramitó su retiro.

El exmagistrado dijo que dejó constancia en el proceso de que no está pidiendo ser pensionado por encima de los límites establecidos por la Corte Constitucional. Expresó que en un comienzo el Seguro Social le negó el derecho pensional y esto llevó a que iniciara un trámite judicial ante el Tribunal Administrativo de Bogotá. Indicó que una vez se falló a su favor, Colpensiones liquidó de acuerdo con criterios de la Corte Constitucional e incluso descontó otros porcentajes.

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Manuel Santiago Urueta trabajó como profesor 14 años en la Universidad Externado y en el sector público acumuló más de 16 años.

En ese orden de ideas, el fallo del Consejo de Estado explica que cumplió los requisitos y que no lo alcanzó a cobijar ni la sentencia de la Corte Constitucional ni el Acto Legislativo 01 del 2005, que estableció la imposición de topes a partir del año 2010. En consecuencia, ordenó el reconocimiento de la pensión de vejez conforme al régimen especial de Congresistas.

Este jueves, la Corte Constitucional discutirá el tema; se prevé que la ponencia del magistrado Alberto Rojas y la postura de la Corte se mantengan en la misma línea del fallo que acabó con las millonarias pensiones por poner en riesgo la sostenibilidad fiscal del país. Sin embargo, la expectativa está centrada en si su pronunciamiento podrá cerrar de una vez los choques alrededor de si la decisión de la Corte Constitucional aplica también para magistrados y si se puede o no seguir escudando en los derechos adquiridos para mantener los millonarios pagos.