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"Casi 9 personas son detenidas ilegalmente cada día en Colombia"

Un informe reciente advierte los peligros de las capturas masivas. El Fiscal General dice que la política "amerita una seria reflexión". Vea especial.

20 de agosto de 2005

Los colombianos ya estamos acostumbrados a ver en los noticieros las filas de "presuntos terroristas" capturados casi a diario. Ocasionalmente, nos enteramos de que algunos -o todos- han sido puestos en libertad. En los pueblos, estas redadas poco selectivas suelen generar desconfianza hacia el Estado. A las personas injustamente capturadas les queda la marca en la frente. El nuevo Fiscal General, Mario Iguarán, dijo a SEMANA.COM que esta política de capturas masivas "ameritaba una reflexión seria".

Para ese debate que ahora empieza el informe elaborado por la Coordinación Colombia- Europa-Estados Unidos, una organización que aglutina a 166 organizaciones sociales y no gubernamentales de derechos humanos en Colombia, será un gran aporte. La Coordinación publicó la semana pasada una investigación minuciosa sobre las detenciones arbitrarias llevadas a cabo entre el 7 de agosto de 2002 y el 6 de agosto de 2004. Juanita León, editora de SEMANA.COM habló con David Martínez, secretario técnico de la Coordinación, sobre lo que encontraron.

SEMANA.COM: ¿Cómo se hizo esta investigación?

David Martínez: Básicamente fueron dos trabajos. Por un lado, tomamos procesos que nos permitieran calificar la detención como arbitraria. Accedimos a 40 procesos que dan cuenta de 1.222 personas, víctimas de detenciones arbitrarias. Por otro, homologamos cuatro bases de datos: la del Cinep, la de la Comisión Colombiana de Juristas, la del Comité permanente por la defensa de los derechos humanos y la del comité de solidaridad con los presos políticos.

SEMANA.COM: ¿Qué conclusiones arrojó la homologación?

D.M.: La homologación de las bases de datos nos arrojó 6.332 personas detenidas arbitrariamente, cuando entre julio de 1996 y 2002, la Comisión Colombiana de Juristas tenía documentadas 2.869 en seis años. Es decir que en dos años se triplica el número. Que 6.332 hayan sido detenidas en este período quiere decir un promedio de 8, 7 personas detenidas arbitrariamente cada día. Creemos, además, que este dato está por debajo de la realidad, porque hay muchas capturas que se han realizado de manera arbitraria en la zona más rural. También porque sólo nos concentramos en las detenciones producidas en desarrollo de la política de seguridad democrática.

SEMANA.COM: ¿Es decir que no cuentan al borracho que detienen de manera arbitraria en Bogotá?

D.M.: No, sólo las que se dieron en desarrollo de la política de seguridad democrática. Lo que posibilitó esta investigación es que las organizaciones tenían los procesos judiciales.

SEMANA.COM: ¿Cuál es el criterio utilizado para determinar qué es una detención arbitraria?

D.M.: Para determinar qué es una detención arbitraria revisamos la jurisprudencia del Comité de derechos humanos de la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Adicionalmente los criterios del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria y las consideraciones que ha hecho la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En lo interno, revisamos la Constitución y el Código Penal colombiano. A partir de eso, tuvimos el principio general: para que haya una captura debe haber una orden escrita, salvo en casos de flagrancia. Las autoridades judiciales suelen alegar flagrancia cuando en realidad no hay tal.

SEMANA.COM: ¿Un ejemplo?

D.M.: El caso de las monedas que citamos en nuestro informe: un grupo del EPL asalta un carro de valores y se roba 190 millones de pesos, en monedas. Luego encuentran gente con monedas -con ocho mil pesos o menos- y los capturan. Toda detención ilegal es arbitraria. Aunque la arbitrariedad es un concepto más amplio que la legalidad todas las que documentamos presentan ilegalidad.

SEMANA.COM: ¿Qué situaciones configuran esa ilegalidad?

D.M.: Por ejemplo, en la mayoría de los casos, cuando ha habido orden de captura no ha habido una investigación previa y seria por parte del fiscal que ha hecho la captura. Lo que hace es utilizar informes de inteligencia o policía judicial, sin ponderarlos suficientemente. Los archivos de inteligencia no pueden obrar como prueba. Emite la orden de captura con base en versiones de informantes o a veces la versión se da durante la captura. El informante encapuchado señalando y el fiscal intentando legalizarla, es una situación frecuente. También se da la combinación de ambas cosas. En algunos casos las capturas fueron realizada por miembros de las Fuerzas Militares, lo cual es ilegal.

SEMANA.COM: ¿De qué suelen acusar a estas personas?

D.M.: El patrón común es acusarlos de estar vinculados a los grupos guerrilleros. Se les culpa de pertenecer a la guerrilla. Para ello se utilizan órdenes de batalla o informantes.

SEMANA.COM: ¿Órdenes de batalla?

D.M.: Son las que usa el Ejército con base en informes de inteligencia. Los casos de defensores de derechos humanos, sindicalistas, ex fiscales. Fundamentalmente se trata de aquellos sectores que son acusados de estar vinculados con los grupos guerrilleros. En dos casos se considera que vivir en una zona con influencia guerrillera es un indicio para determinar que una persona está realizando actividades ilícitas.

SEMANA.COM: ¿No existen capturas masivas de personas acusadas de auxiliar a los paramilitares?

D.M.: Normalmente con ellos han procedido con base en órdenes de capturas preexistentes, y con una investigación.

SEMANA.COM: ¿Qué motivaciones creen que existen detrás de estas capturas ilegales?

D.M.: Son tres cosas: las detenciones arbitrarias han sido una política sistemática del gobierno. Creemos que la implementación de la política de seguridad democrática ha llevado a la vulneración del derecho a la libertad. Es una cifra muy alta de detenciones arbitrarias.

La motivación está clarísima. El presidente Uribe lo sostuvo en su discurso del 10 de diciembre de 2003, el día de los Derechos Humanos. Dijo que estas capturas han sido masivas pero no arbitrarias. El gobierno se ha apoyado en las decisiones de la Fiscalía. Se trata de aislar a los terroristas, de quitarles las fuentes de abastecimiento. El presupuesto es que la guerrilla está mimetizada en la población civil.

El tercer punto es que esta situación expresa el constreñimiento que han hecho las autoridades administrativas de las autoridades judiciales, que ha ocasionado que estas últimas no sean autónomas. El presidente ordenando capturas, ¿desde cuándo? Tiene que ser una autoridad judicial.

SEMANA.COM: ¿Es decir que los fiscales están supeditados al gobierno?

D.M.: Así como encontramos casos de fiscales y jueces con unos criterios absolutamente espantosos, encontramos afortunadamente fiscales y jueces que en un momento dijeron: 'todo lo que se hizo en la etapa de instrucción estuvo mal, declaro la libertad de estas personas'. Ahí es donde adquieren importancia las actuaciones del Fiscal general Osorio cuando ordenó investigar a fiscales que ordenaron la libertad de personas. Esto ya es un constreñimiento. Se supone que el fiscal es autónomo.

SEMANA.COM: ¿Más allá de su ilegalidad, cree que la política de capturas masivas es efectiva para garantizar una mayor seguridad en los pueblos?

D.M.: El efecto es totalmente contrario. En cambio de ganarse el favor de la población, este tipo de detenciones lo que hace es poner a la población en contra del Estado. Tiene una consecuencia adicional: si estas 6.333 personas exigen indemnización del Estado, calculando que solo estuvieron 6 meses detenidos, que tuvieran padre y madre vivos y dos hermanos, las demandas ascenderían a 474 mil millones de pesos. Además de lo que significa el daño moral a las personas y amigos, todas las violaciones tienen un costo para el Estado, y esto nos toca pagarlo a los contribuyentes.

SEMANA.COM: ¿Cree que muchas personas demandarán?

D.M.: Es factible que muchas personas si lo hagan. Entre otras porque los abogados los van a estimular a eso, porque cobra un porcentaje de la indemnización.



Vea el informe Libertad: rehén de la "seguridad democrática". Observatorio de derechos humanos y derecho humanitario.