Home

Opinión

Artículo

Enrique Gómez, columnista invitado.
Bogotá, febrero 14 de 2022. Foto: Juan Carlos Sierra-Revista Semana.

OPINIÓN

Emergencia sin afán

Colombia ha dejado de notar la ausencia total de medidas tomadas por el gobierno nacional en el marco de la emergencia económica, social y ecológica decretada ‘supuestamente’ el pasado 2 de julio de 2023 mediante el decreto 1085 de 2023.

24 de julio de 2023

Mientras el país vive entretenido con las embarradas, desapariciones, vergüenzas y alocuciones eternas de Petro, y ahora se engolosina inútilmente con la ilusión de un supuesto Acuerdo Nacional entre Petro y el congreso, otra iniciativa de esas que enamora a los congresistas pendientes de mermelada y entusiasma a los voceros del establecimiento económico, pendientes de mantener sus rentas atadas y privilegios, y que se formula bajo el hálito siniestro de la amenaza de “evitemos la radicalización de Petro”, Colombia ha dejado de notar la ausencia total de medidas tomadas por el gobierno nacional en el marco de la emergencia económica, social y ecológica decretada ‘supuestamente’ el pasado 2 de julio de 2023 mediante el decreto 1085 de 2023.

Después del tremendo show mediático, con firma ante la prensa del extenso decreto, en blanco o sin numerar en esa fecha como se vio en las imágenes (nótese en la página del Dapre un curioso salto en la numeración de decretos presidenciales entre el 1 de julio y el 5 de julio), el 5 de julio, en el último minuto del plazo, literalmente, se radicó el decreto de marras ante la Corte Constitucional.

Y después nada. Nada de nada. No se conoce, a hoy 24 de julio, 22 días después de la intervención redentora del mesías Petro, ningún decreto presidencial o medida tomada al amparo de la declaratoria de emergencia.

Ante esta evidencia surgen obviamente varios interrogantes que merecen ser considerados.

Primeramente, ¿desdice en esencia, la ausencia de actividad ejecutiva en el marco de la emergencia decretada, los fundamentos mismos invocados por el gobierno nacional para la supuesta necesidad de poderes extraordinarios? ¿Qué puede o debe decir la Corte? En mi opinión, y en lo que se decanta de la jurisprudencia del supremo constitucional, la declaratoria de una emergencia económica, social y ecológica, no solo ha de derivar de hechos imprevistos e imprevisibles, sino que debe requerir acciones urgentes, inmediatas y extraordinarias de parte del ejecutivo.

Los escuderos de todas las horas de la mediocridad petrista dirán que hay que redefinir el concepto de urgencia. Que la profundidad estructural de los problemas de la Guajira, que motivaron la declaratoria, requieren de sesudos análisis y de detenidas acciones en el ejercicio de la facultad extraordinaria por parte del ejecutivo y que dada la prevalencia histórica y la profundidad del abandono al que el estado ha sometido por décadas a las etnias de la Guajira es muy difícil, en 22 días, resolver el problema ‘urgente’ que se detectó con ocasión de la expedición del decreto 1085.

Y, precisamente, ese es el punto. Si todo lo anterior fuese cierto, y note el lector como el suscrito ha logrado apropiarse de la batahola que caracteriza el discurso petrista, pues no cabría la declaratoria de una emergencia para crear un estado de excepción.

Aquí, por una parte, cabe preguntarse si lo que la administración Petro hace es demostrar, nuevamente, su infinita mediocridad y ligereza al gobernar, mal usando las herramientas constitucionales y poniéndose, por su impericia y negligencia, en la posición de fracasar ante la Corte Constitucional en la revisión de constitucionalidad de la medida.

Un fracaso que será auto infligido y que, de seguro, dará pie a nuevas acusaciones por parte del mesías y mártir que nos gobierna sobre golpes blandos y conspiraciones en su contra.

Pero en otro escenario, podría suponerse que además de profundizar el discurso de víctima del régimen, Petro pretende probar las aguas con la actual Corte Constitucional. Buscar un compromiso en una causa país, como combatir el hambre y la desidia en la Guajira, y arrinconar a la Corte para que esta, de alguna manera, le quede debiendo al país la falta de acciones en la Guajira. Algo en el estilo siniestro de Petro de “yo traté pero la Corte quiere matar de hambre a los niños de la Guajira”.

Para un hombre que ha construido su vida mediante el chantaje y la extorsión, no sería rara esta estrategia.

Claro, también es cierto que el artículo 215 de la Constitución Política plantea que la “emergencia” se decreta por 30 días y que, por lo tanto, el ejecutivo puede irse a pasear por Europa, perderse en Colombia e incumplir citas donde quiera sin necesidad de correrle a los decretos. Digámoslo así: la urgencia es para las cámaras y la galería, pero no para legislar.

Durante cinco días de julio Petro logró secuestrar la atención mediática y tapar el derrumbe del orden público, a la vez que, a la sombra de la emergencia, decretó el cese al fuego vergonzoso y peligroso con el ELN que pasó de agache en la prensa, a pesar de la gravedad de sus implicaciones y su aporte inmediato a más sangre y muerte en todo el país. Para los estrategas que manejan el desastre de esta administración en el día a día, puede que sea un buen rédito.

Las comparaciones son odiosas: ¿Qué le habría hecho la prensa, hoy obsecuente, a Duque sino hubiese sacado seis o siete decretos al tiempo de la declaratoria de una emergencia económica, social y ecológica?

En todo caso el hambre de la Guajira seguro puede esperar a que el presidente retorne de sus viajes.

Noticias Destacadas