OPINIÓN

Juan Manuel Charry Urueña

Transición presidencial se estrella con la política

La ley asume que el funcionario saliente rinde informe y el entrante verifica y revisa. Estamos en el incierto mundo mediático de declaraciones en redes sociales y emotiva política.
9 de julio de 2026 a las 10:00 a. m.

El empalme entre Gustavo Petro y Abelardo De La Espriella apenas había arrancado y ya está en pausa. Ambos decidieron, cada uno por su lado, congelar las mesas de trabajo conjunto. Unas declaraciones de Carlos Alonso Lucio, del equipo del presidente electo, sobre la posibilidad de que Petro termine ante un juez y los mensajes del propio Petro poniendo en duda que De La Espriella haya ganado limpiamente causaron la ruptura.

La ley no habla de pausas: la Ley 951 de 2005, que crea el informe de gestión en caso de cambio o relevo de servidores públicos, no habla de suspensiones. La ley simplemente asume que el funcionario saliente rinde informe y el entrante verifica y revisa. Lo que se suspendió fueron las reuniones, no las obligaciones. El Gobierno saliente sigue teniendo, por ley, 15 días hábiles después de dejar el cargo para entregar su informe completo, así no haya una sola mesa de trabajo funcionando. El reloj legal no se detiene porque los protagonistas se hayan disgustado.

¿Puede De La Espriella suspender el empalme?: en sentido estricto, no puede, porque el presidente electo no tiene ningún poder formal. Lo que sí puede hacer —y fue lo que hizo— es retirar a su propio equipo de las mesas informales de trabajo. Una cosa es dejar de participar en una coordinación previa y otra muy distinta es el cumplimiento de las obligaciones legales de los funcionarios salientes y de los entrantes cuando efectivamente se posesionen.

La denuncia contra Lucio: ¿crítica dura o calumnia?: el Gobierno anunció que denunciará penalmente a Lucio por afectar la honra del presidente. Hay una línea que vale la pena explicar: criticar a un funcionario público está protegido por la libertad de expresión. Decir: “A este gobierno hay que investigarlo” no es delito. Lo que sí puede serlo es acusar a alguien de un crimen concreto sin ninguna prueba. La pregunta jurídica de fondo no es si Lucio se pasó de la raya en el tono, probablemente sí, sino si cruzó esa otra línea, la penal.

Lo más grave no es la pelea, es la duda sobre quién ganó: de lo que está pasando, lo grave es que el presidente en ejercicio esté insinuando que las elecciones estuvieron manipuladas y que el verdadero ganador sería su candidato. Eso no es un simple exabrupto de campaña. Constitucionalmente, quien gana una elección presidencial no lo decide un trino ni una rueda de prensa: lo decide el Consejo Nacional Electoral, que ya entregó las credenciales. Si alguien está en desacuerdo, lo decide el Consejo de Estado, mediante una demanda formal. Mientras eso no ocurra, la posesión del 7 de agosto sigue en pie, la reconozca o no el presidente saliente.

¿Y ahora qué?: nada impide que las mesas se reactiven mañana mismo; de hecho, ninguna de las dos partes cerró la puerta del todo. La Ley 951 de 2005 no distingue entre servidores públicos subalternos, jefes ni presidente de la República. Simplemente, ordena un informe de gestión dentro de los 15 días siguientes a la salida del cargo y el entrante está en la obligación de recibirlo, sin perjuicio de las verificaciones o revisiones que se realicen dentro de los 30 días hábiles siguientes, a efectos de determinar la existencia de irregularidades.

Es más, el empalme formal podría hacerse de manera individual entre presidentes, entrante y saliente, y luego los ministros en la medida en que vayan ocurriendo los nombramientos y posesiones. Por el momento estamos en el incierto mundo mediático de declaraciones en redes sociales y emotiva política.

¿Quién juzga a quién?: una cosa debe quedar clara, no es Gustavo Petro quien determina la validez de la elección de Abelardo De La Espriella, ni este la persona que establece la supuesta corrupción del Gobierno saliente. Serán el Consejo de Estado, en el primer caso, y los órganos de control y la Fiscalía General, en el segundo.

Triste espectáculo de mucha política mediática de confrontación y poco respeto con las instancias de control, las presunciones de legalidad e inocencia y los debidos procesos.

Cita de la semana: “Probablemente ya no queden sociedades en las que el quehacer cívico atraiga a los mejores”. Mario Vargas Llosa, La civilización del espectáculo (2012).

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