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| Foto: Archivo SEMANA

JUSTICIA

El alcance de la reforma al fuero militar

La Comisión Primera de la Cámara aprobó, en el primero de ocho debates, la reforma a la justicia penal militar. Estos fueron los primeros cambios que sufrió la propuesta planteada por el Gobierno.

César Paredes, periodista de SEMANA
28 de marzo de 2012

La controversia por la reforma al fuero militar arrancó. La Comisión Primera de la Cámara aprobó por mayoría la reforma constitucional que busca amparar a los militares con una justicia que proteja sus derechos en medio del conflicto armado.

El texto aprobado cambió sustancialmente en comparación con el que primero había radicado el Gobierno. Los cuatro artículos del proyecto fortalecen el fuero militar de la siguiente manera: 
 
El primero de ellos crea un "Tribunal de Garantías Penales". Su función es garantizar que se respete el debido proceso y garantice que se cumplan "los presupuestos materiales y formales para comenzar el juicio oral".

Este tribunal estará integrado "de manera equilibrada" por especialistas en derecho que pertenezcan a la jurisdicción militar y a la ordinaria. Los primeros serán miembros de la fuerza pública retirados. Los requisitos para ser magistrados de ese tribunal son los mismos que para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

El articulado propuesto inicialmente por el Gobierno decía que los miembros de la fuerza pública podrían hacer parte de ese tribunal. Sin embargo, la redacción del nuevo proyecto quita la expresión que permitía la participación de militares en el tribunal de manera condicional y obliga la presencia de magistrados provenientes del mundo militar.

El segundo artículo define que se deberá hacer una ley estatutaria para regular el juzgamiento de la fuerza pública. Este artículo ordena al Congreso crear una nueva ley que defina de una vez por todas en qué casos la justicia militar o la justicia ordinaria debe procesar a un uniformado.

El tercer artículo señala algunos delitos que no son competencia de la justicia militar: crímenes de lesa humanidad, delito de genocidio y los que la ley estatutaria defina. Ese artículo, como fue redactado en la ponencia, excluyó varios delitos que la propuesta del Gobierno decía que no deberían ser jurisdicción de los militares: desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra civiles y reclutamiento de niños.

Estas infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario, según varios analistas, deberían quedar excluidas del alcance de las cortes militares de manera explícita en la Constitución y no en una ley estatutaria.

Además, el artículo dice que las demás infracciones al DIH cometidas por miembros de la fuerza pública serán conocidas exclusivamente por cortes marciales o tribunales militares.

Para el representante del Polo Democrático Germán Navas Talero, quien radicó una ponencia que pide hundir el proyecto, la nueva propuesta es inconstitucional. En su criterio, todas las violaciones al DIH cometidas por la fuerza pública deben ser siempre consideradas delitos sin conexión con el servicio.

Para él, el argumento de que los jueces ordinarios no entienden de las particularidades del conflicto no es convincente. "Lo mismo se podría decir de la labor médica que esta actividad es compleja y difícil de entender y que por ello debía existir una justicia penal médica", dijo.

Pero si de contradictores a la propuesta del Gobierno se trata, dentro de la propia Unidad Nacional no han hecho falta. El representante Miguel Gómez, de La U, considera que la seguridad jurídica para los militares depende de la derogación de un acuerdo hecho entre la Fiscalía y el Ministerio de Defensa en el 2006 que dice que cuando hay dudas sobre cuál justicia tiene la competencia, la ordinaria es la encargada.  

"Esta es la solución por una sencilla razón: todo lo que se quiere aprobar en el proyecto del Fuero Militar ya existe en el Código Penal Militar", aseguró Gómez Martínez.

El tercer  artículo también crea una comisión mixta para revisar en los casos en los que haya dudas sobre cuál de las justicias (militar u ordinaria) debe investigar un caso. La diferencia con la propuesta del Gobierno es que la ponencia de la mayoría le agregó la expresión "preliminarmente".
Es decir que la decisión de la comisión podría ser revisada, y otro órgano, que no se sabe aún cuál es, se encargaría de definir la competencia, ya sea del tribunal militar o de la justicia ordinaria. Navas argumentó que para definir la competencia ya existe la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

El mismo artículo tercero además incluyó dos propuestas —que no estaban contempladas en el proyecto inicial del Gobierno—, una del Partido de La U y otra del Conservador, que prometen una tensión con la oposición y con las organizaciones de Derechos Humanos.

La primera es la creación de un fondo para financiar la defensa técnica de los miembros de la fuerza pública. En principio, lo que busca este inciso es acabar con la intermediación de abogados que cobran cuantiosas sumas por defender a los uniformados procesados. Los ponentes argumentan que los miembros de la fuerza pública merecen un tratamiento especializado debido al riesgo al que se enfrentan.

Y la segunda indica que los militares detenidos preventivamente o condenados permanecerán en centros de reclusión exclusivos para militares. Hasta ahora los militares detenidos o condenados han permanecido recluidos en centros penitenciarios exclusivos para ellos con el argumento de que corre peligro su seguridad si van a cárceles normales.

Sin embargo, la pretensión de los ponentes es elevar a rango constitucional la medida para poner un cerrojo definitivo a la posibilidad de que los condenados terminen compartiendo celda con delincuentes comunes.

Este proyecto de reforma constitucional es el segundo que se impulsa en el Congreso, luego de que en la Reforma a la Justicia se incrustó un artículo que también busca definir la competencia de los tribunales militares en todos los actos del servicio, pero que está en veremos pues el Gobierno pidió retirarlo.

La discusión apenas comienza. El proyecto de reforma constitucional al fuero militar, un anhelo de los uniformados, apenas entró en su primera ronda de discusiones, de ocho debates que deberá afrontar. Falta ver qué tanto cambia con el paso del tiempo y si finalmente la reforma responderá a las expectativas de los uniformados, pero también de la comunidad internacional que ha expresado su preocupación por las violaciones a los derechos humanos en medio del conflicto.