También es muy probable que le evite problemas futuros. Los juzgados están llenos de pleitos entre empresas que se pelean por asuntos tan sencillos como la frase de un lema o el color de un empaque.
Cuando se patenta está registrando un marca que permite que los consumidores identifiquen el producto y lo recuerden, de forma que puedan diferenciarlo de uno igual o semejante ofrecido por otro.
Está a además comprobado por múltiples estudios que los consumidores son más propensos a adquirir un producto del cual recuerdan la marca que de aquellos que no logran identificar.
Si usted logra iniciar un negocio, por lo tanto, empezar a patentar sus inventos es el medio perfecto para proyectar la imagen de empresario, su reputación y hasta su estrategia comercial.
Ganancias de patentar
* Permite a la empresa diferenciar su producto.
* Ayuda a garantizar la calidad a los consumidores. Por tanto construye confianza.
* Puede ser objeto de licencias y por tanto, fuente generadora de ingresos.
* Puede llegar a ser más valiosa que los activos tangibles.
Siendo entonces tan importante, al ser registrada la marca le genera a la empresa el derecho exclusivo a impedir a terceros que comercialicen productos idénticos o similares con marcas idénticas o similares, con el fin de que los consumidores no se confundan y adquieren el producto del empresario que en realidad quieren y no otro por error.
Lo que gana
El invento queda protegido mediante patente durante un tiempo limitado, (10 años para modelos de utilidad y 20 para patentes de invención) pero suficiente, en el cual el inventor goza de exclusividad en la explotación de del invento.
La explotación puede consistir en comercializar exclusiva y directamente el producto patentado, o por intermedio de terceros otorgando licencias, o transfiriendo los derechos los derechos obtenidos mediante su venta para que un tercero explote la invención.
En consecuencia, esta explotación implica un beneficio económico para el inventor o titular de la patente.
No olvide que si decide incursionar en el registro de su invento en la Superintendencia de Industria y Comercio en la Oficina Nacional Competente puede hacerlo.
Cuando se patenta está registrando un marca que permite que los consumidores identifiquen el producto y lo recuerden, de forma que puedan diferenciarlo de uno igual o semejante ofrecido por otro.
Está a además comprobado por múltiples estudios que los consumidores son más propensos a adquirir un producto del cual recuerdan la marca que de aquellos que no logran identificar.
Si usted logra iniciar un negocio, por lo tanto, empezar a patentar sus inventos es el medio perfecto para proyectar la imagen de empresario, su reputación y hasta su estrategia comercial.
Ganancias de patentar
* Permite a la empresa diferenciar su producto.
* Ayuda a garantizar la calidad a los consumidores. Por tanto construye confianza.
* Puede ser objeto de licencias y por tanto, fuente generadora de ingresos.
* Puede llegar a ser más valiosa que los activos tangibles.
Siendo entonces tan importante, al ser registrada la marca le genera a la empresa el derecho exclusivo a impedir a terceros que comercialicen productos idénticos o similares con marcas idénticas o similares, con el fin de que los consumidores no se confundan y adquieren el producto del empresario que en realidad quieren y no otro por error.
Lo que gana
El invento queda protegido mediante patente durante un tiempo limitado, (10 años para modelos de utilidad y 20 para patentes de invención) pero suficiente, en el cual el inventor goza de exclusividad en la explotación de del invento.
La explotación puede consistir en comercializar exclusiva y directamente el producto patentado, o por intermedio de terceros otorgando licencias, o transfiriendo los derechos los derechos obtenidos mediante su venta para que un tercero explote la invención.
En consecuencia, esta explotación implica un beneficio económico para el inventor o titular de la patente.
No olvide que si decide incursionar en el registro de su invento en la Superintendencia de Industria y Comercio en la Oficina Nacional Competente puede hacerlo.
