En la mañana del miércoles 29 de abril de 2026, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió suspender de forma provisional el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio, que debía pagarse el 4 de mayo de 2026, para las entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y aquellas que estén en proceso de liquidación.
Frente a esta decisión, la presidenta de la Cámara Colombo Americana, AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, señaló que la suspensión de la segunda cuota del impuesto al patrimonio es un alivio parcial, no una decisión definitiva para las empresas del país.
“La suspensión de la segunda cuota del impuesto al patrimonio es un alivio parcial, no una decisión definitiva. La Corte envía una señal clara: existen dudas constitucionales serias y, además, se corrige una inequidad evidente frente a las entidades sin ánimo de lucro”, señala María Claudia Lacouture.
Con esta suspensión provisional, la Corte Constitucional no está eliminando de manera definitiva el impuesto ni la obligación de pago, sino que está pausando su exigibilidad mientras se resuelve el asunto de fondo. Esto significa que la decisión final dependerá del resultado del estudio jurídico que adelante el alto tribunal en los próximos meses.
Por otro lado, la presidenta de la Cámara Colombo Americana dice que miles de empresas todavía enfrentan problemas de dinero y falta de claridad legal en temas de impuestos, especialmente con poderes especiales en juego; se requiere seriedad, consistencia y respeto por las normas.
“Ojalá la Corte adopte una decisión de fondo pronta y sólida, que le devuelva al país claridad, confianza y estabilidad”, puntualiza Lacouture.
Expertos en materia tributaria han señalado que esta medida podría aliviar temporalmente la carga financiera de las organizaciones afectadas, permitiéndoles reorganizar sus recursos y evitar posibles sanciones por incumplimiento. Sin embargo, también advierten que las entidades deben mantenerse atentas a futuras decisiones, ya que la obligación podría reactivarse dependiendo del fallo definitivo.