El auxilio de conectividad es una prestación económica que busca compensar los gastos de acceso a internet de aquellos trabajadores que desempeñan sus funciones de manera remota o en modalidad de trabajo en casa.
Actualmente, la medida cuenta con un pago de 249.095 pesos para las personas con sueldos de hasta 3.501.810 pesos mensuales. Cada persona debe consultar las condiciones laborales que tiene en su contrato laboral.
La principal condición para acceder a este beneficio es que el trabajador lleve a cabo sus actividades laborales desde su residencia u otro lugar diferente a las instalaciones de la empresa, utilizando herramientas tecnológicas que requieran conexión a internet.
De esta manera, el auxilio de conectividad reemplaza el auxilio de transporte, ya que el empleado no incurre en gastos de desplazamiento, pero sí asume costos asociados al servicio de internet.
El trabajador no puede recibir simultáneamente el auxilio de transporte y el auxilio de conectividad por el mismo período. La empresa deberá determinar cuál corresponde de acuerdo con la modalidad en la que se desarrolla el trabajo.
Si el empleado asiste presencialmente a la oficina, tendrá derecho al auxilio de transporte; si trabaja de forma remota o en casa, podrá acceder al auxilio de conectividad, siempre que cumpla con el requisito salarial.
¿Cuál es el objetivo de este pago?
La disposición busca responder a una realidad laboral que se fortaleció durante la pandemia y que se mantiene vigente en numerosos sectores económicos.
Para muchos empleados, la conectividad se ha convertido en una herramienta indispensable para participar en reuniones virtuales, acceder a plataformas corporativas, enviar informes o mantener la comunicación con clientes y compañeros de trabajo.
Aunque el auxilio de conectividad no tiene naturaleza salarial, la ley establece que debe ser incluido dentro de la base para la liquidación de prestaciones sociales. Esto significa que su valor se tiene en cuenta al momento de calcular conceptos como las cesantías, los intereses sobre cesantías y la prima de servicios.