En 2021 el Gobierno lanzó una iniciativa con la que empleadores que crearan nuevas vacantes tendrían una ayuda económica. De acuerdo con cifras compartidas por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), bajo la idea de la ley de inversión social más de 111.000 millones de pesos fueron entregados al cierre del año pasado.

Más de 14.000 empleadores fueron beneficiarios y para este 2022 el calendario del incentivo de la generación de nuevos empleos empezó el pasado jueves 17 de marzo y termina el 24 de marzo. Sin embargo, si los aspirantes no alcanzan a realizar la postulación en esta fecha, hay una segunda convocatoria que será del 19 al 26 de mayo.

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, el incentivo está dirigido a todos los empleadores que hayan realizado nuevas contrataciones de jóvenes entre 18 y 28 años, y de mujeres y hombres mayores de 28 años.

Además de esto, se da a conocer que el porcentaje, en materia económica, que será otorgado durante este año, se ajusta al nuevo salario mínimo de un millón de pesos. Según el organismo de Gobierno, gracias a la ley de inversión social se han generado 274.000 nuevos puestos de trabajo.

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De este modo, los seleccionados recibirán un 25 % de un salario mínimo por cada trabajador, el cual teniendo en cuenta el aumento de ingreso laboral, se dará $250.000 por cada joven contratado formalmente.

En cuanto a los empleadores que vinculan en nuevos puestos de trabajo a mujeres mayores de 28 años el aporte es del 15 %, lo que corresponde a $150.000.

Y para los hombres, la cifra porcentual es del 10 %, lo que equivale $100.000 por cada hombre adicional vinculado mayor de 28 años.

Las postulaciones serán para las nóminas de enero y febrero del presente año sobre el salario mínimo del 2022. Foto: Getty Images/iStockphoto

La UGPP menciona que los empleadores que pueden postularse al incentivo de generación de trabajo son:

  • Personas jurídicas.
  • Personas naturales con más de dos trabajadores en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–.
  • Consorcios y uniones temporales.
  • Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta.
  • Cooperativas y preoperativas de trabajo asociado.
  • Establecimientos educativos no oficiales.
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Requisitos para postularse

  • Haber vinculado trabajadores adicionales, de manera formal, frente a lo registrado en la Pila.
  • Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
  • Estar al día en el pago de salarios y aportes al sistema de la protección social en todos los trabajadores.
  • No tener una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.
  • Si es persona natural empleadora, no puede ser una persona expuesta políticamente –PEP–.
  • Si es una cooperativa, debe estar registrada en la cámara de comercio de su domicilio principal.
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En adición, para el proceso de selección se debe haber cumplido con la entrega de una serie de documentos, como:

  • Formulario de postulación, este debe estar diligenciado y firmado por el representante legal de la organización, persona natural empleadora, promotor o liquidador si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
  • Certificación firmada, con el respectivo nombre de la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público. Para ello, se debe señalar si los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior y están al día en el pago de aportes a seguridad social, además explicar si se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador.
  • Por último, copia del Registro Único Tributario (RUT) expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.

Las dudas e inquietudes sobre el cronograma o el proceso de postulación podrán remitirse al correo electrónico: apoyojovenes@mintrabajo.gov.co