Ya no habrá más aplazamientos. Este jueves, el Ministerio de Hacienda radicará el proyecto de ley que promete ser el más polémico de la última década: la reforma tributaria, la cual se presenta con un perfil netamente social.

SEMANA conoció el texto, cuyo articulado consta de 163 propuestas (incluidas la vigencia y derogatorias), lo que, sin duda, hará mucho más complejo el debate y el trámite en el Congreso de la República.

Las pensiones aportarán desde una base gravable de 4,8 millones de pesos, dijo el congresista Richard Aguilar, lo que, de inmediato rechazó de plano. Las personas naturales aportarán el impuesto de renta a partir de ingresos de 2,4 millones de pesos mensuales (después de hacer la deducción del 25 %) y la carga, en el 2023, recaerá sobre ingresos aún más bajos.

Entre los temas gruesos, se ratifica la tarifa del 15 % a los dividendos; con el impuesto de renta la tarifa máxima para las personas naturales será del 41 %, cuando sus ingresos sean superiores a 10.500 UVT (Unidad de Valor Tributario).

De igual manera, se eliminan las rentas exentas; y en el caso de las empresas, llama la atención que se introduce una tarifa especial de renta, del 24%, para ciertas sociedades (algunas de ellas Mipymes).

Otra medida que se aplica, la cual ya había sido anunciada por el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, pero desde un monto menor, es el impuesto solidario, que será del 10 % a partir de salarios superiores a 10 millones de pesos.

Habrá también una sobretasa a la gasolina; un impuesto al uso del plástico, entre otras -muchas- medidas más.

En el documento, como antesala al fuerte paquete tributario, el Ministerio de Hacienda pone de presente el tema de la política social, lo que será su argumento para el objetivo que está en el horizonte: transformar totalmente el sistema tributario.

Ingreso solidario

En el proyecto se incluye la creación del Programa Ingreso Solidario como una renta básica, el cual será de carácter permanente y corresponderá a una transferencia monetaria no condicionada -directa y periódica-, que tiene como propósito contribuir a la reducción de la pobreza y a reducir las brechas de ingreso en el país.

El programa será administrado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), entidad encargada de ejecutar, vigilar y realizar el respectivo seguimiento de las acciones, planes y mecanismos que se implementen, en el marco de este programa.

El Gobierno nacional deberá evaluar el programa y, de acuerdo con los resultados obtenidos, podrá incorporar, de manera justificada, la exigencia de 12 condiciones para el acceso al mismo, con el objeto de generar mejoras en su impacto, y demás modificaciones que se requieran, señala el documento.

Con el IVA

En el IVA se aplicó lo anunciado por el presidente Iván Duque, en el sentido de no gravar la canasta familiar. Se mantienen los bienes que no causan el impuesto y ahí están los que hacen parte de la canasta básica de los colombianos. En consecuencia, está allí la carne, los pescados, la leche, el queso, los huevos, la cebolla, entre otros.

Estos son los bienes que no causan IVA | Foto: Proyecto de ley

Bienes excluidos de IVA

En medio de la pandemia, el Ministerio de Hacienda también optó por dejar excluidos de IVA algunos servicios y bienes relacionados con la atención en salud, como es el caso de los servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio, para la salud humana. También están allí algunos medicamentos, entre otros.

Entre estos también se encuentran productos como la carne de res, cerdo y cordero, el pescado, la leche, el queso, los huevos, las vitaminas, entre otros.

De igual manera, se dejan excluidos del IVA los servicios públicos domiciliarios como energía, acueducto y alcantarillado, gas domiciliario, para los estratos 1, 2 y 3.

Habrá días sin IVA

Los tres días sin IVA se mantienen, pero tendrán un ajuste: se aplicará para los mismos grupos de artículos que se tuvieron en cuenta el año pasado, con excepción de los bienes e insumos para el sector agropecuario. En todo caso, lo demás se mantiene: serán máximo tres días al año y solo podrán adquirirse con medios electrónicos (tarjetas de crédito, débito o vía compras por internet).

Hay que recordar que esta medida tuvo un gran impacto en el comercio y en el bolsillo de los consumidores, en el 2020, cuando se aplicó para mover la economía.

Impuesto de renta

En cuanto al impuesto de renta para personas naturales, la reforma propone que quienes tengan renta anual gravable superior a $29 millones (más de $2,4 millones al mes), asumirán un aporte, con una tarifa marginal del 10 % en 2022. Los ingresos del contribuyente, para quedar obligado a pagar impuesto de renta, estarían en alrededor de $2,9 millones mensuales.

A partir del 2023, se amplía aún más la base de los colombianos obligados a contribuir con este impuesto, pues el umbral bajaría más y la tarifa del 10 % aplicaría para quienes tengan ingresos anuales gravables por $16,9 millones (es decir, más de $1,4 millones al mes).

Tabla del impuesto de renta | Foto: Proyecto de ley

Por ahora, si se aprueba la reforma, en el primer año de su aplicación, según la cartera de Hacienda, la tarifa marginal del 10 % recaería sobre quienes tengan ingresos gravables por más de 800 Unidades de Valor Tributario (UVT) al año. Esto implicaría que, a partir de allí, el contribuyente ya tendría que haber realizado el descuento del 25 % de la renta exenta sobre su ingreso, más el ingreso no constitutivo de renta, que es lo que el trabajador ha pagado por su seguridad social.

La declaración de renta será obligatoria para todas las personas que ganen entre $29 millones y $32 millones al año. En este punto hay que recordar que declarar no significa pagar.

Pensiones, así serán gravadas

En el tema pensional, el gobierno propone que las personas que reciben una mesada alta deberán empezar a aportar renta. La base gravable a partir de la cual arranca es de 1.600 UVT, lo que es equivalente a $4.800.000. Se incluyen las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre Riesgos Profesionales.

Impuesto solidario

Una medida que fue incluida como decreto y posteriormente, fue tumbada por la Corte Constitucional, la del impuesto solidario, vuelve y juega en la reforma. El Gobierno propone imponer un impuesto temporal a los altos ingresos, tanto a los trabajadores del sector público como del privado.

De esa manera, los colombianos que reciban ingresos mayores a 10.000.000 de pesos mensuales tendrán que pagar un impuesto del 10%.

Se enfatiza en que esta norma sería de carácter temporal y empezaría a regir a partir del 1 de julio de 2021, con tiempo de terminación previsto para el 31 de diciembre de 2021. Cabe destacar que este impuesto incluye las mesadas pensionales, sin importar el régimen a través del cual cotizan a pensión.

Con el impuesto a la riqueza

En cuanto al impuesto al patrimonio, el cual es llamado en el articulado Impuesto Temporal y Solidario a la Riqueza, se propone que tendrá que ser pagado por las personas que tengan un patrimonio líquido superior a 134.000 UVT, es decir $4.865.272.000.

De esa manera, si una persona tiene un patrimonio líquido de entre 134.000 UVT y 402.000 UVT ($14.594.816.000) pagaría una tarifa marginal del 1%, y si el patrimonio es mayor a 402.000 UVT pagaría una tarifa del 2%. Este impuesto aplicaría solo entre el 2022 y 2023.

Esta es la reforma tributaria completa.