El próximo 30 de abril habrá una prueba de fuego institucional. Ese día será la habitual junta directiva del Banco de la República, programada para tomar una decisión sobre tasas de interés. Además, será la primera reunión tras la abrupta salida del ministro de Hacienda, Germán Ávila, quien se retiró de la de finales de marzo.

La decisión de Ávila se produjo tras la propuesta del grupo mayoritario de la junta de aumentar en 100 puntos básicos la tasa de referencia ante las presiones inflacionarias. Estas no solo han desanclado las expectativas para los próximos años, sino que continúan alejándolas de la meta del 3 por ciento, un objetivo que no se cumple desde hace cinco años. El costo de vida ni siquiera ha estado en el rango del 2 al 4 por ciento.

Entre las presiones sobre los precios, una de las más relevantes ha sido el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno para 2026, del 23 por ciento, cuyo efecto ya se refleja en la indexación de algunos servicios. A esto se suman nuevas tensiones, como el impacto del conflicto en Oriente Medio sobre combustibles y fertilizantes, así como la creciente probabilidad de un fenómeno de El Niño intenso en el segundo semestre, que podría encarecer alimentos, energía y gas.

La función fundamental del Banco de la República es velar por la capacidad adquisitiva de la moneda. El ministro de Hacienda cumple un papel clave en la junta directiva por la coordinación de las políticas con el Gobierno. Por eso, el ministro no puede delegar su participación en ese organismo y su presencia es necesaria para que la junta sesione.

En el Congreso, el gerente Leonardo Villar advirtió sobre un posible veto a la autonomía del banco, mientras que el ministro Germán Ávila cuestionó que el modelo del Emisor sea una verdad definitiva. Foto: JUAN CARLOS SIERRA-SEMANA

Un fallo de la Corte Constitucional dice: “La coordinación de las funciones a cargo del Ejecutivo y del Banco no debe entenderse como la imposición de una colaboración con determinada política económica de un Gobierno, sino como la búsqueda de coherencia y cooperación entre las autoridades económicas en el desarrollo de la política económica del Estado, tal y como lo indicaron con precisión los constituyentes”.

Y agrega: “Esta coordinación entre la política fiscal y la monetaria no significa que la primera esté subordinada a la segunda ni viceversa”.

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Las diferencias de los Gobiernos con el Banco de la República han sido constantes. El codirector Antonio Hernández Gamarra recordó algunas de ellas, como “el desencanto del ministro Rudolf Hommes (en la administración de César Gaviria) cuando su candidato para suceder a Francisco Ortega en la gerencia del Banco salió derrotado”. U otras como la discrepancia de la junta con el ministro Guillermo Perry en el Gobierno de Ernesto Samper sobre su propuesta de darle prelación al Gobierno en el manejo de la política cambiaria. O cuando Juan Camilo Restrepo, ministro de Hacienda de Andrés Pastrana, señaló que no se había podido bajar la tasa porque los miembros de la corporación vivían en una torre de marfil. Incluso, el entonces presidente Álvaro Uribe, en su mandato, habló de “cambiar la cartilla del Banco de la República”.

Pero ninguna de estas diferencias escaló al punto al que han llegado las relaciones entre el Gobierno y el banco central. “Aquí lo inédito es que el ministro diga que no va a ir a la próxima junta”, señaló un excodirector del banco.

El mismo presidente Gustavo Petro, en un trino, luego de la reunión de la junta en marzo, señaló: “Como avisé, la junta del Banco de la República sigue en su actitud de matar la economía colombiana. El Gobierno se retira de la junta. No somos partícipes de una posición de oposición suicida”.

Germán Ávila, ministro de Hacienda. Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO-SEMANA

El distanciamiento entre el Gobierno Petro y el Banco de la República tuvo un nuevo escenario: el Congreso de la República. Allí, en la Comisión Cuarta, el gerente del Emisor, Leonardo Villar, advirtió: “Lo que se diseñó como un mecanismo para la coordinación de las políticas podría convertirse en un mecanismo para el veto de una autonomía, que no sería apropiado ni consistente con la Constitución”.

Y el ministro Ávila respondió: “La brecha que ustedes han abierto entre la tasa de interés y la realidad de la tasa de inflación también es muy grande y eso obedece a una estrategia en política económica, de impactos políticos, y nosotros no compartimos estas decisiones. Hay que abrir un diálogo social; debemos escuchar más voces. Hemos convocado a un foro el próximo 21 de abril y queremos que se escuchen otras voces; son necesarias muchas voces. Ese modelo que trabajan en el Banco de la República no es una verdad absoluta y definitiva”.

El siguiente round

En medio de estas tensiones, la pregunta es qué viene ahora en esta puja institucional y, jurídicamente, cuáles son los escenarios. Gerardo Hernández, quien durante más de una década desempeñó varios cargos en el Banco de la República y fue miembro de su junta directiva, explicó los tres escenarios en los que se puede mover la discusión en el futuro inmediato. Uno, aplicar las reglas previstas para faltas absolutas de los miembros de la junta. Dos, acudir a la excepción de inconstitucionalidad. Y tres, demandar los estatutos del banco solicitando la suspensión provisional.

“La ley establece faltas absolutas cuando los miembros no asisten a la junta sin causa justificada en dos sesiones. En ese caso, se activaría ese mecanismo y no podría celebrarse la reunión de fin de mes. Habría que convocar una nueva junta, probablemente extraordinaria, y si el ministro no asiste, se aplicaría la norma, lo que podría derivar en una sanción disciplinaria. Incluso, si el presidente no cumple, incurriría en desacato”, aseguró Hernández.

Leonardo Villar, gerente del Banco de la República. Foto: Stock

Las otras dos alternativas son más extremas. Una de ellas fue planteada por el exministro Néstor Humberto Martínez en una columna y consiste en invocar la excepción de inconstitucionalidad. En este escenario, la junta podría argumentar que el decreto que expidió los estatutos del Banco de la República es contrario a la Constitución. Esta tesis se sustenta en el artículo cuarto, que establece la supremacía constitucional sobre cualquier otra norma, y en la posible afectación de la autonomía del banco. “Y en caso de conflicto entre una norma inferior y la norma superior, que es la Constitución, prima la norma superior”, agregó un exmagistrado de la Corte Constitucional.

Y la tercera vía ya está en trámite y se trata de varias demandas en el Consejo de Estado de los decretos de los estatutos del banco central. El artículo 35, que habla del quórum y el sistema de votación, dice: “La junta directiva solamente podrá sesionar, deliberar y decidir con la asistencia de por lo menos cinco (5) de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el ministro de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá”.

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En una de las demandas, presentada por el abogado Rodrigo Galarza, se solicitó declarar la nulidad por inconstitucionalidad de las expresiones “solamente” y “uno de los cuales deberá ser”, así como decretar medidas cautelares.

Agrega la demanda que el quórum para las reuniones de la Junta Directiva del Banco de la República solo queda integrado con la presencia del ministro de Hacienda. “Pone en vilo la eventual adopción de decisiones que vayan a adoptarse en caso de que ese quórum pudiera desintegrarse por el retiro intempestivo de ese ministro de una sesión válidamente iniciada en los casos en que no compartiera las eventuales decisiones”.

Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: SEMANA / Presidencia

Igualmente, el también abogado Daniel Felipe Useche presentó una demanda en la que explica que, al requerir la presencia del ministro de Hacienda para conformar el quorum a fin de sesionar, deliberar y decidir, “le otorga al ministro (y por extensión al Gobierno nacional) un poder de veto respecto de las decisiones de la Junta Directiva del Banco de la República que impide de facto a sus miembros ejercer el mandato de representar el interés de la nación”. Y alegó en su recurso que la “ausencia deliberada” de Ávila en las sesiones de la junta directiva podría generar un mecanismo de presión para forzar posiciones cercanas al Gobierno.

En el caso de la excepción de inconstitucionalidad, según un expresidente de la Corte Constitucional, “es una medida de facto” y una estrategia que calificó de “agresiva” contra el Gobierno.

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A su vez, las demandas deberán surtir su trámite en el alto tribunal, congestionado por numerosas querellas contra decisiones del actual Gobierno —algunos hablan de centenares—, por lo que el fallo podría tardar. En ese contexto, el camino más expedito, al parecer, sería el que establece la ley.

En las próximas reuniones de la junta del Emisor se definirán decisiones de tasas en abril, junio y julio, mientras que en mayo se realizará una sesión ordinaria. Allí se medirá el pulso entre el banco central y el Gobierno, en un escenario inédito. Para algunos analistas, no obstante, las decisiones adoptadas por la junta este año —con un aumento acumulado de 200 puntos básicos que llevó la tasa a 11,25 por ciento— ya le dan un colchón para maniobrar en los próximos meses y enfrentar la inflación en un entorno incierto y retador. ¿Será suficiente?