Tener una deuda pendiente, por pequeña que sea, podría afectar el historial crediticio de cualquier colombiano. Aunque muchas personas creen que solo los incumplimientos por montos elevados generan reportes negativos ante las centrales de riesgo, la legislación vigente en el país establece una realidad diferente.
De acuerdo con las normas que regulan el manejo de la información financiera en Colombia, no existe un valor mínimo de deuda para que una persona pueda ser reportada en Datacrédito u otras centrales de riesgo.
Tanto la Ley 1266 de 2008, que reglamenta el habeas data financiero, como la Ley 2157 de 2021, conocida por introducir medidas relacionadas con el historial crediticio de los ciudadanos, no fijan una cifra mínima que sirva como límite para realizar un reporte negativo.
En la práctica, esto significa que cualquier obligación económica que entre en mora puede ser informada a las centrales de riesgo, independientemente de si se trata de una deuda de pocos miles de pesos o de una suma considerable. El factor determinante no es el monto adeudado, sino el incumplimiento de las condiciones de pago acordadas entre el deudor y la entidad acreedora.
Por esta razón, expertos en finanzas personales recomiendan no subestimar obligaciones pequeñas como facturas de telefonía móvil, servicios de internet, cuotas de créditos de bajo valor o incluso saldos pendientes con algunas entidades comerciales.
En muchos casos, los ciudadanos concentran su atención en créditos bancarios o préstamos de alto monto y dejan de lado cuentas menores que también pueden generar consecuencias sobre su reputación financiera.
Un reporte negativo puede dificultar el acceso a nuevos créditos, tarjetas de crédito, planes de financiación e incluso algunos servicios que requieren una evaluación previa del comportamiento financiero del solicitante. Las entidades utilizan esta información para medir el nivel de riesgo de cada persona antes de aprobar una operación.
No obstante, la ley también establece garantías para los consumidores financieros. Antes de realizar un reporte negativo, las entidades deben cumplir con procedimientos de notificación que permitan al deudor conocer la situación y tener la oportunidad de ponerse al día. Estas medidas buscan proteger el derecho al debido proceso y evitar que los ciudadanos sean reportados sin previo aviso.