Con el avance del calendario tributario de septiembre, miles de colombianos continúan pendientes de cumplir con la obligación de presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

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Este trámite consiste en reportar ante la autoridad tributaria la información económica y financiera del contribuyente, con datos relacionados con sus ingresos, patrimonio, compras, consumos y movimientos financieros. A partir de esta información, la Dian determina si existe un impuesto por pagar, si el resultado es cero o si, por el contrario, se genera un saldo a favor.

El calendario para las personas naturales comenzó el 12 de agosto de 2026 y se extenderá hasta el 26 de octubre, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente.

Este es el calendario de declaración de renta expedido por la Dian. Foto: Dian

Para esta semana, comprendida entre el lunes 7 y el viernes 11 de septiembre, deberán cumplir con la obligación quienes tengan los siguientes números al final de su NIT:

Declaración de renta: fechas y números que deben declarar del 7 al 11 de septiembre

7 de septiembre35 y 36
8 de septiembre37 y 38
9 de septiembre39 y 40
10 de septiembre41 y 42
11 de septiembre43 y 44

La programación corresponde al calendario oficial de vencimientos establecido por la Dian para la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2025.

Cabe recordar que tener la obligación de declarar no significa necesariamente que la persona tenga que pagar impuesto de renta. Una vez se revisan los ingresos, patrimonio, deudas, compras y demás información financiera, el resultado de la declaración puede arrojar un impuesto a cargo de cero o incluso un saldo a favor del contribuyente.

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¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2026?

Para determinar si una persona natural debe presentar declaración de renta por el año gravable 2025, la Dian contempla diferentes condiciones. Entre ellas se encuentran:

  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, equivalentes a $69.719.000 para el año gravable 2025.
  • Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
  • Haber efectuado compras y consumos superiores a 1.400 UVT durante 2025.
  • Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 1.400 UVT, equivalentes a $69.719.000.
  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT al 31 de diciembre de 2025, equivalente a $224.096.000.
  • Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025.

La UVT utilizada para establecer estos topes corresponde a la fijada para el año gravable 2025, cuyo valor fue de $49.799.

La temporada de cumplimiento tributario se convierte en un momento de dudas por parte de los contribuyentes, que buscan no errar al momento de presentar su declaración de renta ante la Dian. Foto: 123 Rf

¿Qué pasa si no se presenta la declaración a tiempo?

Los contribuyentes deben estar atentos a la fecha que les corresponde según los dos últimos dígitos de su NIT. Presentar la declaración después del vencimiento puede generar sanciones e intereses, por lo que la recomendación es realizar el trámite con anticipación y verificar que la información reportada coincida con los documentos y certificados correspondientes.