Hace algunos meses, entró en vigencia de manera oficial la reforma laboral, un proyecto promovido por el actual Gobierno de Gustavo Petro que busca cambiar de manera sustancial algunas de las leyes laborales que han habido en el país, como por ejemplo las horas extras, los horarios y el tipo de contrato.
Sin embargo, dado que la entrada en vigencia de la ley es reciente y se está implementando de manera paulatina, son varias las normas que aún muchos desconocen y derechos a los que tienen acceso.
Una de las normativas es la que rige alrededor del contrato a término fijo, pues una de las preguntas que muchos trabajadores se hacen a la hora de que los contraten mediante esta modalidad es la que respecta a cuántas veces se pueden renovar los contratos de este tipo.
La normativa anterior a la reforma precisaba que era permitido renovarlo de manera indefinida, siempre y cuando estas renovaciones se hagan de manera escrita. Sin embargo esto no beneficiaba a los trabajadores.
Ahora, con la reforma laboral vigente, la duración máxima del contrato de trabajo a término fijo, que incluye el periodo inicial y las prórrogas, no puede ser superior a 4 años.
Es decir, si después de contratado, le renuevan el contrato cada cierto tiempo y usted completa 4 años en esta dinámica, usted deberá tener derecho a un contrato indefinido.
Si la empresa lo necesita por más tiempo, deberá hacer el tránsito a la vinculación indefinida. Es decir, la suma de los periodos de contratos a término fijo no pueden exceder los 4 años.
Si se llega a superar el tiempo máximo acumulado de 4 años, el contrato pierde su carácter de fijo y pasará automáticamente a considerarse un contrato indefinido.
En este escenario, usted puede hacer una prórroga pactada o una prórroga automática, dependiendo del caso y lo que su empleador le indique.